MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Médica Garzón y Madariaga Limitada

RUT 77422390-8 CVE 1528297
Fecha instrumento
4 de noviembre de 1999
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 1999
Notario
OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
Oficio
30 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular 30 Notaría Santiago, Oficios Av. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Ofs. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, ante mí, fecha hoy, VICTORINO GARZÓN CARDOZO, médico, Parque Villarrica Oriente 2.825, Peñalolén; ANDREA ERCILIA DEL CARMEN MADARIAGA FREIRE, enfermera, Parque Villarrica Oriente 2.825, Peñalolén; ANDREA EUDOSIA FREIRE SALINAS, secretaria, Parque Villarrica Oriente 2.825, Peñalolén; modifican sociedad de responsabilidad limitada denominada "SOCIEDAD MÉDICA GARZÓN Y MADARIAGA LIMITADA”, constituida por escritura pública fecha 4 de Noviembre de 1999, ante Notario San Miguel doña Valeria del Carmen Ronchera Flores, cuyo extracto se inscribió a Fs. 27.352 N° 21.727 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 1999, en sentido que: “VICTORINO GARZON CARDOZO, vende, cede y transfiere el 20% de su participación social que es el 50% de participación a la socia doña ANDREA EUDOSIA FREIRE SALINAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la cantidad de $4.300.000; ANDREA ERCILIA DEL CARMEN MADARIAGA FREIRE, vende, cede y transfiere el 5% de su participación social que es el 40% de participación a la socia doña ANDREA EUDOSIA FREIRE SALINAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí dichos derechos en la cantidad de $1.200.000. El precio de las cesiones, se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando los cedentes haber recibido dichas sumas a su entera y completa satisfacción. Como consecuencia de las cesiones, quedan los socios, con las siguientes proporciones en el capital social: VICTORINO GARZÓN CARDOZO, 30% derechos sociales; ANDREA ERCILIA DEL CARMEN MADARIAGA FREIRE, 35% derechos sociales; y ANDREA EUDOSIA FREIRE SALINAS, 35% derechos sociales”. En todo lo no modificado rige pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2018.