SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA VERDEMAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2011
- Notario
- JUAN ROBERTO ARIAS GARRIDO
- Domicilio
- TALCAHUANO
Administración
corresponderá de ahora en adelante a don JOSE LUIS GALLEGO CARRASCO. En caso de ausencia o impedimento por cualquier causa, sin necesidad de expresión ni justificación de causa ante terceros, le corresponderá a don JOSE GALLEGO RUA. En la forma relacionada, el administrador anteponiendo su respectiva firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y ante cualquier persona natural o jurídica pública o privada, organismos administrativos, servicios de la administración pública, centralizada o descentralizada, Secretarias Regionales Ministeriales y Municipalidades,. En lo no modificado de dicha cláusula, se mantiene el pacto social especialmente todas y cada una de las facultades allí indicadas a modo ejemplar, las que no sufren modificación alguna
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALICIA MERCEDES CARRASCO GONZALEZ | socio | 5910687-2 | — | — | |
| Talcahuano Y don JOSE LUIS GALLEGO CARRASCO | socio | 10188189-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ROBERTO ARIAS GARRIDO, NOTARIO PUBLICO TALCAHUANO, Covadonga N°55, Por escritura esta fecha, ante mí, señores JOSE GALLEGO RUA C.N.I:5.330.878-3, domiciliado en calle Colon 3880, Talcahuano, doña ALICIA MERCEDES CARRASCO GONZALEZ, C.N.I.:5.910.687-2, domiciliado en calle Colon 3880, Talcahuano Y don JOSE LUIS GALLEGO CARRASCO, C.N.I.10.188.189-k, Eleuterio Ramírez 35, Talcahuano, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA VERDEMAR LIMITADA”, NOMBRE DE FANTASIA “VERDEMAR LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 10 de Junio de 2011, ante notario público y Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz don Héctor Sepúlveda Quintana , publicada en el diario oficial con fecha 15 de junio del año 2011, la que se inscribió con fecha 16 de Junio del año 2011 en extracto a fojas 152, bajo el número 144, en el Registro de comercio de San Pedro de la Paz del año 2011. La cual fue modificada por escritura pública de fecha 23 de Junio del año 2014 , ante notario público y Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz don Héctor Sepúlveda Quintana , publicada en el diario oficial con fecha 28 de julio del año 2014, la que se inscribió con fecha 12 de agosto del año 2014, en extracto a fojas 181, bajo el número 149, en el Registro de comercio de San Pedro de la Paz del año 2014.LA VENTA, ALICIA MERCEDES CARRASCO GONZALEZ, vende la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, o sea el 100% de sus acciones, equivalentes al 50% de los derechos sociales de la siguiente forma: a) el 90%de sus acciones, equivalentes 45% del total de los derechos sociales, a JOSE LUIS GALLEGO CARRASCO y el 10 % de sus acciones, equivalentes 5% del total de los derechos sociales, restantes, a JOSE GALLEGO RUA. EL PRECIO, a) JOSE LUIS GALLEGO CARRASCO, paga el precio único y total de $4.500.000 al contado y en dinero efectivo y que ALICIA MERCEDES CARRASCO GONZALEZ declara recibirlo a su entera satisfacción. b) JOSE GALLEGO RUA paga el precio único y total $500.000 al contado y en dinero efectivo y que ALICIA MERCEDES CARRASCO GONZALEZ declara recibirlo a su entera satisfacción DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá de ahora en adelante a don JOSE LUIS GALLEGO CARRASCO. En caso de ausencia o impedimento por cualquier causa, sin necesidad de expresión ni justificación de causa ante terceros, le corresponderá a don JOSE GALLEGO RUA. En la forma relacionada, el administrador anteponiendo su respectiva firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y ante cualquier persona natural o jurídica pública o privada, organismos administrativos, servicios de la administración pública, centralizada o descentralizada, Secretarias Regionales Ministeriales y Municipalidades,. En lo no modificado de dicha cláusula, se mantiene el pacto social especialmente todas y cada una de las facultades allí indicadas a modo ejemplar, las que no sufren modificación alguna. Demás clausulas escritura extractada. Talcahuano, Diciembre 28 de 2018.