SANTOS FUENZALIDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de enero de 2019
- Notario
- MANUEL ALEJANDRO ACEVEDO BUSTOS
- Domicilio
- las comunas de Linares
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
(Uno) El ejercicio, desarrollo, contratación, subcontratación y perfeccionamiento de la profesión de Ingeniero o técnico: Mecánico; industrial; en conectividad y redes; en automatización, instrumentación y control; en logística; electricidad; electrónica; telecomunicaciones; construcción; forestal; eólica; hidráulica; Civil; y en todas sus especialidades y subespecialidades; (Siete) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, y servicios; por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ERNY JOSÉ SANTOS SEGOVIA, y a GUIDO ANTONIO VILLEGAS PEREIRA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en la escritura. El capital social es la cantidad de diez millones de pesos chilenos (10.000.000 de pesos), que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña PAMELA CONSTANZA FUENZALIDA ROMAN, la cantidad de cinco millones de pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don ERNY JOSÉ SANTOS SEGOVIA, la cantidad de cinco millones de pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMANUEL ALEJANDRO ACEVEDO BUSTOS, Abogado, Notario Público Interino de las comunas de Linares, Colbún, Yerbas Buenas y Longaví, con oficio en calle Independencia 566, certifico: Que, por escritura pública, otorgada con fecha 2 de Enero del año 2019, ante mí: Doña PAMELA CONSTANZA FUENZALIDA ROMAN, domiciliada en Punta Cono, N° 3961, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana y don ERNY JOSÉ SANTOS SEGOVIA, domiciliado en Villa Longaví, N° 51, comuna de Longaví, vienen en constituir sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “SANTOS FUENZALIDA LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “SAFU LTDA.”, que la obligará en la misma manera que la razón social. Objeto: (Uno) El ejercicio, desarrollo, contratación, subcontratación y perfeccionamiento de la profesión de Ingeniero o técnico: Mecánico; industrial; en conectividad y redes; en automatización, instrumentación y control; en logística; electricidad; electrónica; telecomunicaciones; construcción; forestal; eólica; hidráulica; Civil; y en todas sus especialidades y subespecialidades; (Siete) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, y servicios; por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ERNY JOSÉ SANTOS SEGOVIA, y a GUIDO ANTONIO VILLEGAS PEREIRA conjunta, separada e indistintamente con las facultades que se indican en la escritura. El capital social es la cantidad de diez millones de pesos chilenos (10.000.000 de pesos), que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) doña PAMELA CONSTANZA FUENZALIDA ROMAN, la cantidad de cinco millones de pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don ERNY JOSÉ SANTOS SEGOVIA, la cantidad de cinco millones de pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: Indefinida. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Linares a 10 de Enero de 2019.