Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 40951
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a la fecha del presente instrumento y su duración será de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará en forma automática y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, siempre y cuando ninguno de los socios decida poner fin a la sociedad, mediante aviso escrito a los demás socios, con una antelación mínima de sesenta días antes de que se cumpla el plazo de vigencia original o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas, para desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o fuera de él, principalmente las actividades de inversiones con carácter permanente o de renta en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o en otras sociedades; b) La prestación de servicios de consultoría o asesoría en materias relacionadas con las ciencias jurídicas en todos sus aspectos, contabilidad, el comercio, la gestión de negocios y las finanzas; c) Comprar, vender, importar, exportar todo tipo de bienes muebles o inmuebles; comercializar, distribuir y representar todo tipo de bienes, productos, mercaderías o marcas, propios o de terceros; d) la prestación profesional de servicios odontológicos generales y de especialidades; y e) Celebrar los demás negocios relacionados que los socios acuerden llevar a cabo, pudiendo realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales, incluyendo la compraventa y)o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles que sirvan para el funcionamiento de la sociedad. Todos los objetos anteriores podrán ser ejercidos en forma directa o indirecta, por cuenta propia o ajena. Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle La Concepción número sesenta y cinco, segundo piso, comuna de Providencia, certifica: Por escritura de fecha 31-12-2018, Repertorio Nº 40.951, ante mí, ROLAND JOHN MATTHEI MERCIER, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy número cuatro mil setecientos, piso quince, oficina mil quinientos uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; constituyó sociedad por acciones. Razón Social: "MAR INVESTMENT SpA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, abrir sucursales o agencias y participar con plenas facultades en ellas, para desarrollar directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o fuera de él, principalmente las actividades de inversiones con carácter permanente o de renta en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, o en otras sociedades; b) La prestación de servicios de consultoría o asesoría en materias relacionadas con las ciencias jurídicas en todos sus aspectos, contabilidad, el comercio, la gestión de negocios y las finanzas; c) Comprar, vender, importar, exportar todo tipo de bienes muebles o inmuebles; comercializar, distribuir y representar todo tipo de bienes, productos, mercaderías o marcas, propios o de terceros; d) la prestación profesional de servicios odontológicos generales y de especialidades; y e) Celebrar los demás negocios relacionados que los socios acuerden llevar a cabo, pudiendo realizar todos los actos y celebrar los contratos que sean necesarios y conducentes a la consecución de los fines sociales, incluyendo la compraventa y/o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles que sirvan para el funcionamiento de la sociedad. Todos los objetos anteriores podrán ser ejercidos en forma directa o indirecta, por cuenta propia o ajena. Administración y Uso Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá exclusivamente a don ROLAND JOHN MATTHEI MERCIER, con facultades indicadas en escritura extractada. Capital: El capital social, según se establece en el artículo quinto, del Título Segundo del presente Estatuto, es la suma de cien mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal, el cual se suscribe y paga en su totalidad por el único accionista, señor, ROLAND JOHN MATTHEI MERCIER.- en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Duración: La sociedad comenzará a regir a la fecha del presente instrumento y su duración será de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará en forma automática y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, siempre y cuando ninguno de los socios decida poner fin a la sociedad, mediante aviso escrito a los demás socios, con una antelación mínima de sesenta días antes de que se cumpla el plazo de vigencia original o de cualquiera de sus prórrogas. Otras estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 8 de Enero de 2019.