Instrumento
- Fecha
- 12 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 12667-2018
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El desarrollo de proyectos relacionados con la explotación y desarrollo de activos, muebles o inmuebles, vinculados al negocio de parques cementerios; además de la inversión en una o más sociedades de apoyo, actividades complementarias o relacionadas con el rubro, asesoría y)o gestión del negocio de parques cementerios. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá constituir o adquirir participaciones en sociedades de todo tipo, detentar bienes inmuebles, marcas y toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, con el objeto de percibir sus frutos o rentas. La sociedad podrá efectuar préstamos o celebrar operaciones de apoyo a las sociedades en las que invierta, incluyendo la prestación de servicios de apoyo o relacionados al
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, of. 44, Las Condes, certifico que por instrumento privado de fecha 12 de diciembre de 2018, protocolizado con fecha 18 de diciembre de 2018, bajo el Repertorio Nº 12.667-2018, ante mí, Rodrigo Muñoz Perdiguero constituyó sociedad por acciones, con las siguientes menciones extractables: (i) Nombre o razón social: Inversiones Parques Cementerios 2 SpA (ii) Objeto: El desarrollo de proyectos relacionados con la explotación y desarrollo de activos, muebles o inmuebles, vinculados al negocio de parques cementerios; además de la inversión en una o más sociedades de apoyo, actividades complementarias o relacionadas con el rubro, asesoría y/o gestión del negocio de parques cementerios. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad podrá constituir o adquirir participaciones en sociedades de todo tipo, detentar bienes inmuebles, marcas y toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, con el objeto de percibir sus frutos o rentas. La sociedad podrá efectuar préstamos o celebrar operaciones de apoyo a las sociedades en las que invierta, incluyendo la prestación de servicios de apoyo o relacionados al objeto social. La sociedad podrá dedicarse a cualquier actividad lícita que los socios de común acuerdo determinen y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. (iii) Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal. Capital suscrito y pagado: $1.000. Demás estipulaciones constan en instrumento privado protocolizado extractado. Santiago, 04 de enero de 2019. P. Raby B., Notario Público Titular.