Inmobiliaria y Mercantil Andorra SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 2436-18
- Notario
- José Gerardo Bambach Echazarreta
- Oficio
- Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJosé Gerardo Bambach Echazarreta, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle San Martin número novecientos seis, certifica: Que, por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2018, repertorio N° 2.436-18, ante FELIPE ANDRÉS HERNAN GALLARDO TOLEDO, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Concepción: a) MARIANA OBDULIA DEL CARMEN PEÑA JIMÉNEZ; b) RODRIGO ALFONSO HEREDIA PEÑA; c) CAROLINA ANDREA HEREDIA PEÑA; d) EDUARDO ANTONIO HEREDIA PEÑA, por sí, y en representación de: i) FERNANDO MANGEL HEREDIA; ii) ALEJANDRO MANGEL HEREDIA; iii) CHRISTIAN MANGEL HEREDIA; iv) EDUARDO MANGEL HEREDIA; v) ANDRÉS TEODORO MANGEL HEREDIA, y; e) INVERSIONES IBIZA SpA, representada por Eduardo Antonio Heredia Jiménez. Todos domiciliados para estos efectos en Avenida Alemana n° 77, departamento 301, ciudad de Concepción; modificaron INMOBILIARIA Y MERCANTIL ANDORRA SpA, sociedad inscrita a fojas 1.723 número 1.441 en el Registro de Comercio de Concepción del año 2016, en los siguientes términos: Uno) Aumentar el capital de INMOBILIARIA Y MERCANTIL ANDORRA SpA, ascendente a $3.000.000, dividido en 240 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, en la suma de $1.051.825.000, mediante la emisión de 84.146 nuevas acciones de pago, íntegramente suscritas y pagadas por Inversiones Ibiza SpA, quien ingresa a la sociedad en este acto. En consecuencia, el capital queda fijado en la cantidad de $1.054.825.000, dividido en 84.386 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Dos) Modificar el Artículo Quinto Permanente de los estatutos sociales, relativo al Capital Social; Tres) Modificar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales, relativo al Pago y Suscripción del Capital. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado, estatutos íntegramente vigentes. Concepción, 08 de enero de 2019.