AGRICOLA VIÑEDOS DE LA PLATA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2002
- Repertorio
- 1360-2002
- Notario
- ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $57.500.000 CLP
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a don SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la Sociedad en todos los asuntos y negocios, actuales o futuros que ésta tenga interés o sea parte a cualquier título, con las más amplias facultades que en derecho fueren procedentes…”. DOS) Se modifica el artículo SEXTO de los estatutos sociales referido al capital social, el cual tendrá la siguiente redacción definitiva: “SEXTO: Capital Social y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, A) LORENA ELVIRA TORRES ALLEN; B) SERGIO ANTONIO TORRES ARCOS, y C) SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN, todos con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat Número1601, comuna de Vallenar, paso éste, actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA VIÑEDOS DE LA PLATA LIMITADA o VIÑEDOS DE LA PLATA LTDA., Rol único tributario 77.902.600-0, inscrito a fojas 86 vuelta número 51 del año 2002 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio y Minas de Vallenar, por la escritura pública que se extracta da cuenta de una cesión de derechos en que SERGIO ANTONIO TORRES ARCOS, cede y transfiere la mitad de los derechos que posee en la sociedad, es decir, el 20% del total de los derechos sociales, a don SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN, quien compra, adquiere y acepta para sí, los derechos sociales mencionados, los que paga al contado y en dinero efectivo. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Los actuales y únicos socios de la sociedad AGRICOLA VIÑEDOS DE LA PLATA LIMITADA, vienen en modificar los estatutos sociales en el siguiente sentido: UNO) Se modifica el artículo QUINTO de los estatutos sociales en el sentido que se revoca de la administración a contar de la fecha del presente instrumento el nombramiento de don SERGIO ANTONIO TORRES ARCOS; y se señala que el uso de la razón social y administración le corresponderá a contar de la fecha de la presente escritura exclusivamente a don SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN, por tanto la redacción definitiva de la primera parte del artículo QUINTO de los estatutos será la siguiente: “QUINTO: Uso de la razón social y administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a don SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la Sociedad en todos los asuntos y negocios, actuales o futuros que ésta tenga interés o sea parte a cualquier título, con las más amplias facultades que en derecho fueren procedentes…”. DOS) Se modifica el artículo SEXTO de los estatutos sociales referido al capital social, el cual tendrá la siguiente redacción definitiva: “SEXTO: Capital Social y Aportes: El capital de la Sociedad será la suma de $57.500.000.-.que los socios aportaron de la siguiente forma: a) doña LORENA ELVIRA TORRES ALLEN aportó la suma de once millones quinientos mil pesos ya ingresados al haber social, con una participación de un veinte por ciento; b) don SERGIO ANTONIO TORRES ARCOS aportó la suma de once millones quinientos mil pesos, ya ingresados al haber social, con una participación de un veinte por ciento; y c) don SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN aportó la suma de treinta y cuatro millones quinientos mil pesos, ya ingresados al haber social, con una participación de un sesenta por ciento.” TRES) Se modifica la cláusula OCTAVO de los estatutos referida al reparto de utilidades, la cual tendrá la siguiente redacción definitiva: “OCTAVO: Distribución de Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, es decir: doña LORENA ELVIRA TORRES ALLEN con una participación de un veinte por ciento; b) don SERGIO ANTONIO TORRES ARCOS, con una participación de un veinte por ciento; y c) don SERGIO EDUARDO TORRES ALLEN, con una participación de un sesenta por ciento.” En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos que constan en escritura pública de fecha 28 de octubre de 2002, repertorio 1360-2002, otorgada en la notaría de Vallenar de don Hernán Zúñiga Acevedo. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago, 26 de Diciembre de 2018. Alejandro Américo Alvarez Barrera. N.P.S.