CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CCM SpA

RUT 6061480-6 CVE 1527762
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de enero de 2019
Repertorio
31-2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago

Administración

la sociedad será administrada y representada por María Luisa Reyes Jaramillo que actuará con las facultades estipuladas en la escritura social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Ppúblico de la 34 Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Santiago, Certifica por Escritura Pública de fecha 02 de enero de 2019, repertorio N° 31-2019, ante mi: Don Carlos Alberto Mujica Pérez, Chileno, constructor civil , casado bajo el régimen de separación total de bienes, C.I N° 6.061.480-6 y María Luisa Reyes Jaramillo, chilena, arquitecto, C.I N° 9.410.685-0, casada bajo el régimen de separación total de bienes, ambos con domicilio en calle La Conquista 2317, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, los comparecientes mayores de edad y quienes acreditan su identidad con las cédulas mencionadas y exponen que vienen en celebrar el siguiente contrato de sociedad, constituye una sociedad por acciones, cuya razón social será “SOCIEDAD CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CCM SpA”, pudiendo utilizar las denominaciones abreviadas o de fantasía ante bancos e instituciones financieras, entidades públicas o privadas, e incluso ante el Servicios de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, “CONSTRUCTORA CCM SpA ” , las cuales, para todos los efectos legales a que hubiere lugar, obligarán a la sociedad en los mismos términos que la razón social. Domicilio: tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. El objeto social será; A) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y cualquiera otra forma de explotación de toda clase de vehículos, maquinaria, materiales y equipos relacionados con la construcción, ya sea por cuanta propia o ajena; B) La planificación, estudio de factibilidad, proyectos y cotizaciones, y la ejecución y comercialización de desarrollos urbanísticos e inmobiliarios, diseños arquitectónicos, la construcción, edificación, remodelación, reparación y obras de ampliación de edificios y viviendas de todo tipo, la asesoría y consultoría en tales materias, por cuenta propia o ajena, C) el transporte de equipos y materiales en general, D) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en todas clase se títulos o valores mobiliarios; E) La importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de artículos y/o productos en general. F) La prestación de asesorías de toda clase. G) Constituir y formar parte en toda clase de sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; H) la realización de todos los actos contratos y convenciones que permitan materializar los giros antes indicados, y en general cualquier otra actividad o negocio relacionado con su giro, en la actualidad o en el futuro. La duración de la sociedad será indefinida. El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan de la siguiente manera: a) Carlos Alberto Mujica Pérez, suscribe y paga en este acto, 80 acciones, esto es la suma de $800.000 pesos y b) María Luisa Reyes Jaramillo, suscribe y paga en este acto, 20 acciones, esto es la suma de $200.000. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas fijas de dichos títulos. La administración: la sociedad será administrada y representada por María Luisa Reyes Jaramillo que actuará con las facultades estipuladas en la escritura social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2019.- Eduardo Diez Morello Notario Publico.