MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SG ELECTRICA SpA

RUT 76145669-5 CVE 1527322
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2018
Notaría
San Bernardo

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2018
Notario
otorgada ante Carlos Ruiz Bahamondes
Domicilio
repertorio número 486-2018
Comuna
San Bernardo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS VIRGILIO RUIZ BAHAMONDES, abogado, Titular de la primera Notaria de San Bernardo, con oficio en calle Arturo Prat 393, certifico que por escritura pública de hoy ante mi, Comparecieron: Por escritura de saneamiento de “SG ELECTRICA SpA” o “ELECTRIC SpA” antes “SG ELECTRICA LIMITADA”, comparece doña SUSANA ISABEL GAETE GODOY, chilena, casada, y separada totalmente de bienes, empresaria, RUT n°11.525.205-4, domiciliada en Los Canelos n° 80, comuna de San Bernardo; don JAVIER ANDRES GAETE GODOY, chileno, casado, funcionario público, RUT n°16.570.426-6, domiciliado en calle Juan Fernández n°45, población Benjamín Viel, comuna de San Bernardo y don JUAN ENRIQUE ORELLANA IBARRA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contratista eléctrico, RUT n°12.914.571-4, domiciliado en Los Canelos número ochenta, comuna de San Bernardo: ANTECEDENTES: a) Por escritura de resciliación de fecha 25 de Abril del 2018, otorgada ante Carlos Ruiz Bahamondes, notario Público, repertorio número 486-2018, resciliaron y dejaron sin efecto, en todas sus partes y contenido la escritura pública de modificación de sociedad “SG ELECTRICA LIMITADA”, nombre de fantasía “SG ELECTRIC LIMITADA”, otorgada con fecha 5 de febrero del 2014, ante don Arturo Abelardo Molina Zamora, abogado, notario suplente del Titular de la primera notaria de San Bernardo de don Carlos Ruiz Bahamondes, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 50, número 45, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, correspondiente al año 2014 que se publicó en el diario Oficial ejemplar n°40.805, de fecha 12 de Marzo de 2014; Por el mismo instrumento doña SUSANA ISABEL GAETE GODOY, restituyo a don JUAN ENRIQUE ORELLANA IBARRA, la suma de $3.200.000 por concepto del precio pagado e intereses, por cesión de derechos que consta en escritura pública de modificación de sociedad otorgada con fecha 5 de febrero del 2014, suma que éste declaro recibir, en ese acto, en dinero efectivo a su más plena y entera conformidad, otorgando, por ende, eficaz carta de pago acerca de su recibo y declarando que, con dicha suma, quedo compensado por el precio que dio con motivo del contrato resciliado, sin tener cargo alguno que formular a dicho respecto; Las partes otorgaron, mutuamente, el más amplio, completo, definitivo e irrevocable finiquito, declarando que nada se adeudan con motivo de la celebración del contrato de modificación de sociedad, el cual se rescilio; El extracto de la escritura se inscribió a fojas 54, número 40 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año 2018, pero no se publicó en el diario Oficial dentro de los plazos legales; b) Con fecha doce de noviembre del año dos mil dieciocho, ante el notario Carlos Virgilio Ruiz Bahamondes, doña SUSANA ISABEL GAETE GODOY; don JAVIER ANDRES GAETE GODOY y don JUAN ENRIQUE ORELLANA IBARRA, otorgaron escritura de Saneamiento de Resciliación de Modificación, los comparecientes sanearon la nulidad producida ya que el extracto de la sociedad no se publicó en el diario oficial en forma oportuna. El extracto de este saneamiento se inscribió a fojas ciento setenta y siete, número ciento veinte seis en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año dos mil dieciocho, pero no se publicó en el diario Oficial por rechazarse su publicación al no contener en el extracto la razón social y estar fuera del plazo legal para su publicación; c) La Sociedad “SG ELECTRICA LIMITADA”se transformó en una sociedad por acciones o “SpA”, por escritura de fecha dieciocho de Julio del año dos mil dieciocho, ante don Pedro Carlos Yañez Mizon, abogado notario suplente del titular, quedando con el nombre de sociedad “SG ELECTRICA SpA” o “ELECTRIC SpA”, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas noventa y nueve vuelta, número ochenta y uno, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, correspondiente al año dos mil dieciocho que se publicó fuera de plazo en el diario Oficial, ejemplar número cuarenta y dos mil ciento cuarenta y ocho, de fecha tres de Septiembre de dos mil dieciocho.- SANEAMIENTO. De conformidad a lo dispuesto en la ley número 19.499, el compareciente viene en sanear la nulidad producida: a) Por rechazarse la publicación en el diario oficial del extracto de saneamiento de resciliación señalado en la letra e) de la cláusula primera del instrumento, por no contener en el extracto la razón social; b) Por la no publicación en el diario oficial del extracto de resciliación señalado en la letra d) de la cláusula primera del instrumento; c) y sanear la publicación del extracto de la escritura de transformación de sociedad señalado en la cláusula primera letra f) del instrumento, por estar fuera del plazo legal para su publicación en el diario oficial.- Los comparecientes vienen en sanear y en hacer suyas todas las cláusulas de la resciliación y saneamiento antes señalado, reproduciéndolas íntegramente en este instrumento.- San Bernardo, 27 de Diciembre de 2018.- Rep. 1735