PRESTACIONES MEDICAS LANCI-OTORRINOLARINGOLOGIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de abril de 2012
- Repertorio
- 1363/2012
- Notario
- CARLOS MORENO SANDOVAL
- Domicilio
- titular Ernesto Montoya Peredo
Sociedad
- N. fantasía
- Prestaciones Medicas Lanci SpA.- “Objeto: La sociedad tendrá por
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Rancagua
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La tendrá y ejercerá, en forma exclusiva don Alberto Ignacio Landaia Cifuentes, quien asumen dicho cargo en calidad de permanente y se encuentra premunido de todas las facultades indicadas en el artículo décimo tercero de éste estatuto social.- Capital y Acciones: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones sin valor nominal. Cada uno de los comparecientes y accionista de la sociedad transformada, suscribe y paga las acciones que en cada caso se indica: a) don Alberto Ignacio Landaia Cifuentes suscribe y paga un total de 990 acciones, por un valor total de $990.000 pesos; y, b) doña Maria Del Carmen Cifuentes Flores suscribe y paga un total de 10 acciones, por un valor total de $10.000 pesos. El pago de todas las acciones suscritas por los comparecientes accionistas de la sociedad, se hace con cargo a los derechos que los mismos tenían en la sociedad de responsabilidad limitada que se ha transformado en sociedad por acciones, consecuente con lo cual se da por expresa e íntegramente pagadas la totalidad de las 1.000 acciones emitidas por la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS MORENO SANDOVAL, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifico: Por escritura de hoy ante mí; ALBERTO IGNACIO LANDAIA CIFUENTES, domiciliado en Camino Las Estepas, casa M - 19, Condominio Golf Los Lirios, comuna de Requínoa, Sexta Región, y MARIA DEL CARMEN CIFUENTES FLORES, domiciliada en calle Rosauro Acuña número 638 de la ciudad de Chillan Región de Ñuble; acordaron transformar la sociedad de responsabilidad denominada limitada PRESTACIONES MEDICAS LANCI-OTORRINOLARINGOLOGIA LIMITADA, Rut: 76.193.184-9, constituida conforme a las disposiciones de la Ley 18.046, constituida por escritura de 30/04/2012, ante don JOAQUIN TEJOS HENRIQUEZ, Notario Publico Titular de la Segunda Notaria de Chillan número repertorio 1.363 / 2012, inscrita a fs. 553 Nº 612 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2012, y publicada en el Acciones, según presente estatuto y Arts. 424 y siguientes Código de Comercio y supletoriamente por normas S.A.- Razón social: PRESTACIONES MEDICAS LANCI-OTORRINOLARINGOLOGIA SpA.- Nombre de Fantasía: Prestaciones Medicas Lanci SpA.- “Objeto: La sociedad tendrá por objeto: La prestación de Servicios Médicos en todas sus especialidades, tales como, diagnostico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, síquica, y estética de enfermos y personas, quirúrgicos, de enfermería, tanto en clínicas, como en el domicilio particular de los pacientes: en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional; Servicios de Bienestar de organismos del sector publico o privado; atenciones medicas en consultas o domiciliarias y todas las demás prestaciones que digan relación con la actividad profesional medica y de salud, para tales efectos se podrán adquirir todos los bienes e infraestructura necesaria para la adecuada e integra prestación de los servicios señalados”.- Administración y Uso de la Razón social: La tendrá y ejercerá, en forma exclusiva don Alberto Ignacio Landaia Cifuentes, quien asumen dicho cargo en calidad de permanente y se encuentra premunido de todas las facultades indicadas en el artículo décimo tercero de éste estatuto social.- Capital y Acciones: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones sin valor nominal. Cada uno de los comparecientes y accionista de la sociedad transformada, suscribe y paga las acciones que en cada caso se indica: a) don Alberto Ignacio Landaia Cifuentes suscribe y paga un total de 990 acciones, por un valor total de $990.000 pesos; y, b) doña Maria Del Carmen Cifuentes Flores suscribe y paga un total de 10 acciones, por un valor total de $10.000 pesos. El pago de todas las acciones suscritas por los comparecientes accionistas de la sociedad, se hace con cargo a los derechos que los mismos tenían en la sociedad de responsabilidad limitada que se ha transformado en sociedad por acciones, consecuente con lo cual se da por expresa e íntegramente pagadas la totalidad de las 1.000 acciones emitidas por la sociedad. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de agencias o sucursales en otras ciudades del país o extranjero.- Duración: Indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada; RANCAGUA, 02 de Enero 2019.