INMOBILIARIA E INVERSIONES A MI MANERA SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 38314-2018
- Notario
- EDUARDO AVELLO CONCHA
- Oficio
- 27 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Objeto social
La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma exclusiva al administrador que designe la junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Publico Titular de la 27 Notaria de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 28 de Diciembre de 2018, repertorio 38314-2018, ante mi suplente doña Margarita Moreno Zamorano, JESSICA ORIETTA MONTT PINTO, chilena, soltera, comerciante, domiciliada para estos efectos en Avenida Vicuña Mackenna número 7.149, local 24, comuna de La Florida, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones, cuya razón social es “INMOBILIARIA E INVERSIONES A MI MANERA SpA”, también conocida como por su nombre de fantasía “A MI MANERA SpA”. El objeto social será: la inversión en toda clase de acciones, bonos, debentures, depósitos a plazo, valores mobiliarios, participación en sociedades; compra, venta, remodelación, ampliación, diseño y arriendo , compra venta, intermediación de bienes raíces y muebles; construcción de bienes raíces y desarrollo de proyectos inmobiliarios, por cuenta propia o, ajena o de terceros, y en general, la realización de cualquier inversión o negocio que tenga o no relación con los rubros antes indicados, y que acordaren los socios, incluso constituir sociedades a fines o no con el objeto social. La administración y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma exclusiva al administrador que designe la junta de accionistas. Se designa transitoriamente y mientras no se designe uno a doña Jessica Montt Prieto. El capital social es la suma de $50.000.000.- dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, y sin valor nominal. La constituyente suscribe 10 mil acciones de la sociedad, que las paga y pagará con la dación en pago y en dominio de los bienes que se indican en el acto de constitución. Así están pagadas la totalidad de las acciones de la SOCIEDAD, en la modalidad convenida, y esta, la SOCIEDAD declara que recibió el pago del precio a su entera conformidad, en el acto de constitución. El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2019.