GRUPO G.C.J. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de enero de 2019
- Notario
- HERNAN FUENTES ACEVEDO
- Oficio
- Tercera Notaria Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Público Titular Tercera Notaria Curicó, Carmen 498, certifica: Por escritura hoy ante mí, don CLAUDIO DEL CARMEN BRAVO VIDAL, Chileno, Cédula nacional de identidad número 6.098.845-5, Pensionado, casado, domiciliado en camino Zapallar, Villa Julián Lozano, Pasaje Los Pinos N° 57, comuna de Curicó, provincia de Curicó; y doña GERARDINA DE LAS MERCEDES VALENZUELA MUÑOZ, Chilena, Cédula Nacional de Identidad 9.442.041-5, Labores de Casa, Casada, camino Zapallar, Villa Julián Lozano, pasaje Los Pinos N° 57, comuna de Curicó, provincia de Curicó, mayores de edad sanean, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1 y siguientes de la ley 19.499 publicada en el diario oficial de fecha 11 de Abril de 1997, constitución de sociedad “GRUPO G.C.J. LIMITADA”, pero de la misma manera podrá actuar con todas las atribuciones legales inclusive con los bancos, deposito en moneda nacional y extranjera como “GRUPO GCJ”.- La correspondiente inscripción se practicó en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Curicó, rolando ésta a fojas 979 Nº 497 del Registro de Comercio del Conservador de Curicó del año 2017. La publicación en el Diario Oficial del correspondiente extracto de constitución de la empresa antes citada, se practicó con fecha Lunes 21 de Agosto del año 2017, ejemplar Nº 41.839 Pag. 1 de 1 del Diario Oficial de la República de Chile, con un capital vigente de $1.000.000, en el sentido de efectuar el saneamiento del vicio de carácter formal que afecta a la constitución de la sociedad individualizada, en el sentido de que el nombre correcto de la empresa constituida es “SERVICIOS BRAVO Y VALENZUELA LIMITADA”, pero de la misma manera podrá actuar con todas las atribuciones legales inclusive con los bancos, deposito en moneda nacional y extranjera como “GRUPO GCJ”.- En consecuencia se reemplaza la cláusula segunda de la escritura de constitución por la siguiente: “SEGUNDO: El nombre de la empresa individual de responsabilidad limitada será; “SERVICIOS BRAVO Y VALENZUELA LIMITADA”, pero de la misma manera podrá actuar con todas las atribuciones legales inclusive con los bancos, deposito en moneda nacional y extranjera como “GRUPO GCJ”, lo que vienen en sanear para todos los efectos que en derecho corresponda.- Curicó, 08 Enero 2019.