COMERCIALIZADORA HXH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de abril de 2018
- Notario
- GUILLERMO ENRIQUE JIMENEZ GUTIERREZ
- Oficio
- Quinta Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Administración
Los administradores actuando del modo indicado en la cláusula séptima tendrán, en especial, las facultades y atribuciones que a continuación se indican a título meramente enunciativo y en ningún caso limitativo. Facultades se indican en escritura extractada”. En lo no modificado rigen íntegramente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO ENRIQUE JIMENEZ GUTIERREZ, Notario Público Suplente de la Quinta Notaría de Antofagasta, con oficio calle Latorre 2417, certifica: que por escritura hoy, ante mí, XUEZHEN PAN, MAOYONG LIN, XIUFENG LIN y YONGFEN XIA, todos comerciantes y domiciliados Maipú 540 esta ciudad, modificaron sociedad COMERCIALIZADORA HXH LIMITADA, Rut Nº 76.871.354-5, Capital $30.000.000.-constituida por escritura pública 24 abril 2018 en este mismo oficio notarial, que en extracto se inscribió a fojas 510 vuelta, Nº 367, en Registro de Comercio año 2018 del Conservador de Comercio de Antofagasta, publicándose 2018 misma notaría, que en extracto se inscribió a fojas 603 vuelta, Nº 443, en Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Comercio de Antofagasta, publicándose Diario Oficial edición 1 junio mismo año. Modificaciones consisten: 1) MAOYONG LIN, vendió, cedió y transfirió a XIUFENG LIN, el 44,4% de todos los derechos y acciones que le corresponden en la compañía y su parte correspondiente de interés en ella. Valor $12.000.000 pagado contado; 2) MAOYONG LIN, vendió, cedió y transfirió a YONGFEN XIA, el 44,4% de todos los derechos y acciones que le corresponden en la compañía y su parte correspondiente de interés en ella. Valor $12.000.000 pagado contado; 3) MAOYONG LIN, vendió, cedió y transfirió a XUEZHEN PAN, retirándose de la compañía, el 11,2% de todos los derechos y acciones que le corresponden en la compañía y su parte correspondiente de interés en ella. Valor $3.000.000 pagado contado; 4) sustituyeron cláusula quinta por la que se expresa a continuación: “QUINTO: CAPITAL. El capital social es la suma de treinta millones de pesos que los socios aportan, enteran y pagan del modo siguiente: a) XUEZHEN PAN, la suma de seis millones de pesos; b) XIUFENG LIN, la suma de doce millones de pesos; c) YONGFEN XIA, la suma de doce millones de pesos. Cada socio antes mencionado ingresa su respectivo aporte a la caja social en este acto al contado y en dinero efectivo”; 5) reemplazaron cláusula séptima por la siguiente: “SÉPTIMO: ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración, uso de la razón social y representación de la compañía corresponderá a doña XUEZHEN PAN; a don XIUFENG LIN; y a doña YONGFEN XIA quienes actuando en forma separada o conjunta e indistintamente y, anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, convenios o contratos que estimen necesarios y conducentes al cumplimiento de los objetos sociales”; y, 6) sustituyeron cláusula octava por la que se expresa a continuación: “OCTAVO: FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN. Los administradores actuando del modo indicado en la cláusula séptima tendrán, en especial, las facultades y atribuciones que a continuación se indican a título meramente enunciativo y en ningún caso limitativo. Facultades se indican en escritura extractada”. En lo no modificado rigen íntegramente demás estipulaciones contrato sociedad y su rectificación. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Antofagasta, 08 de enero 2019.