MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL AUTOMOTRIZ LATSAGUE HERMANOS LIMITADA

RUT 76547971-1 CVE 1527639
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de enero de 2019

Instrumento

Fecha
2 de enero de 2019
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SEBASTIÁN IGNACIO LATSAGUE SAAVEDRA socio 17616807-0
MACARENA FRANCISCA LATSAGUE SAAVEDRA socio 18808046-4
CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN socio 9329389-4
Coronel y la compradora y cesionaria doña SONNIA IVETTEE MAGDALENA HICKMANN GOUET socio 4683018-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, oficio esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por Escritura Pública de fecha 02 de enero de 2019, ante mi, el socio, vendedor y cedente don SEBASTIÁN IGNACIO LATSAGUE SAAVEDRA, C.N.I. Nº 17.616.807-0; la socia, vendedora y cedente doña MACARENA FRANCISCA LATSAGUE SAAVEDRA, C.N.I. Nº 18.808.046-4, el comprador y cesionario don CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, C.N.I. Nº 9.329.389-4, todos domiciliados en el Km. 15,5 comuna y ciudad de Coronel y la compradora y cesionaria doña SONNIA IVETTEE MAGDALENA HICKMANN GOUET, CNI Nº 4.683.018-0, domiciliada en calle O´higgins Nº 980, departamento 107, Chiguayante, exponen que: 1º.- Por escritura Publica de fecha 01.06.2016, otorgada ante el Notario Público de Concepción, don Ernesto Valenzuela Norambuena, los socios, vendedores y cedentes constituyeron la sociedad Comercial Automotriz Latsague Hermanos Limitada, rut: 76.547.971-1. El extracto de la escritura social se publicó en el diario oficial con fecha 09.06.2016, y se inscribió en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Concepción a fs. 1160 bajo el número 1007, correspondiente al año 2016. El capital social asciende a la suma de 20.000.000. 2º.- Que según la escritura referida el socio SEBASTIÁN IGNACIO LATSAGUE SAAVEDRA es dueño y participa del 50% del capital social y utilidades de la sociedad, y que la socia MACARENA FRANCISCA LATSAGUE SAAVEDRA, es dueña y participa del capital social y las utilidades de la sociedad, en un 50%. Por su parte, la administración, representación y uso de la razón social le corresponden en forma exclusiva a don SEBASTIAN IGNACIO LATSAGUE SAAVEDRA. 3º.- Por la presente escritura el socio SEBASTIÁN IGNACIO LATSAGUE SAAVEDRA quien vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, que equivalen al 50% del capital social a don CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, quien los compra, adquiere y acepta para sí por la suma de $10.000.000, según forma de pago estipulada en la escritura. 4º.- Que, la socia MACARENA FRANCISCA LATSAGUE SAAVEDRA vende, cede y transfiere el 96% de sus derechos sociales, equivalentes al 48% del capital social a don CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $9.600.000, según forma de pago estipulada en la escritura. 5º.- Finalmente la socia, vendedora y cedente MACARENA FRANCISCA LATSAGUE SAAVEDRA vende, cede y transfiere el 4% de sus derechos sociales, que equivalen al 2% del capital social a doña SONNIA IVETTEE MAGDALENA HICKMANN GOUET quien los compra, adquiere y acepta para sí a su total conformidad, por la suma de $400.000, que son pagados al contado. 6º.- Cada socio autoriza la venta, cesión y transferencia del otro socio. 7º.- Conforme a la venta, cesión y transferencia, quedan como nuevos y únicos socios de la sociedad don CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, quien tiene una participación en el capital y las utilidades ascendente al 98% y doña SONNIA IVETTEE MAGDALENA HICKMANN GOUET quien tiene una participación en el capital y las utilidades ascendentes al 2%. 8º.- Los nuevos socios acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social, le corresponderá desde este mismo momento, en forma exclusiva al socio CHRISTIAN ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN. 9º.- En lo no modificado se mantiene vigente la escritura social de constitución referida en la cláusula primera. 10º.- Demás estipulaciones contenidas en la escritura que se extracta. CAPITAL: $20.000.000.- Concepción, 09 de enero de 2019.