MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Nutricionistas Nutrimedical Limitada

RUT 76094277-4 CVE 1526351
Capital
$1.900.000 CLP
Fecha instrumento
23 de noviembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de noviembre de 2018
Repertorio
3819
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.900.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MURIEL TAPIA URIBE, abogado, suplente del Notario Público Titular 67ª Notaría Santiago, SERGIO JARA CATALÁN, oficio Av. Príncipe de Gales 5841, La Reina, certifica: Por escritura pública, otorgada ante mí, con fecha de 23 de noviembre de 2018, repertorio N°3.819, doña Mariela Cecilia Gómez Villavicencio, domiciliada en Lincoyan numero mil cincuenta, departamento seiscientos uno, comuna de Ñuñoa vendió, cedió y transfirió el cien por ciento de sus derechos sociales de la siguiente forma: a doña Jenny Beatriz Molina Henríquez domiciliada, en Pedernal número tres mil setecientos noventa y tres, Portezuelo Tobalaba, comuna de Puente Alto, un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales y a don Fernando Alejandro Alcaíno Medina el cinco por ciento restante de los derechos sociales, quienes compraron, aceptaron y adquirieron dichos derechos, modificando las cláusulas cuarta y quinta de la escritura social de sociedad responsabilidad limitada Sociedad de Profesionales Nutricionistas Nutrimedical Limitada”, en los siguientes términos: Cuarto: Administración y Representación Legal,esta es ejercida conjunta e indistintamente por los socios Jenny Beatriz Molina Henríquez y Fernando Alejandro Alcaino Medina; Quinto: Capital Social: Dos millones de pesos, que se aporta en este acto, al contado y en dinero efectivo por los socios, esto es, $1.900.000.- por doña Jenny Beatriz Molina Henríquez, y $100.000- por don Fernando Alejandro Alcaino Medina, que ingresan en este acto a la caja social, correspondiéndole un 95% al primero y un 5% al segundo, de los derechos sociales, a cada uno de los socios, respectivamente. Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Noviembre de 2018.