SOCIEDAD DE INVERSIONES MCNAB LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2018
- Notario
- HUMBERTO PRIETO CONCHA
- Oficio
- titular de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- 5 años, desde esta fecha, renovable períodos iguales, según estatutos
Objeto social
La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, fondos de inversión, fondos mutuos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos valores mobiliarios, con el objeto de percibir sus frutos o sus rentas. Para efectos de concretar y explotar el giro u objeto social, podrá formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y celebrar toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Administración
Corresponderá a don PAUL ANDREW MCNAB MARTIN, y a falta, ausencia o impedimento de éste, lo que no será necesario acreditar ante terceros, le corresponderá a doña MARÍA BEATRIZ SQUELLA OVALLE y a doña MARY ANNE MCNAB MARTÍN, quienes deberán actuar conjuntamente, con facultades indicadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Notario Público suplente del titular de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Huérfanos ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2018, ante mí, don PAUL ANDREW MCNAB MARTIN, C.I. N° 10.652.014-3, doña MARÍA BEATRIZ SQUELLA OVALLE, C.I. Nº 10.921.227-K, doña MARY ANNE MCNAB MARTÍN, C.I. Nº 10.542.184-2 y doña TRINIDAD LORETO ÁLVAREZ MCNAB, C.I. N°20.432.160-4; todos domiciliados en calle Parque número 12.700 casa 24, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES MCNAB LIMITADA”, nombre de fantasía “INVERSIONES MCNAB LTDA”. Uso razón social y administración: Corresponderá a don PAUL ANDREW MCNAB MARTIN, y a falta, ausencia o impedimento de éste, lo que no será necesario acreditar ante terceros, le corresponderá a doña MARÍA BEATRIZ SQUELLA OVALLE y a doña MARY ANNE MCNAB MARTÍN, quienes deberán actuar conjuntamente, con facultades indicadas en escritura extractada. Objeto: La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, fondos de inversión, fondos mutuos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos valores mobiliarios, con el objeto de percibir sus frutos o sus rentas. Para efectos de concretar y explotar el giro u objeto social, podrá formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y celebrar toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales. Capital: $1.000.000.-, que socios aportan siguiente manera: Uno) Don PAUL ANDREW MCNAB MARTIN aporta la suma de $250.000 que paga en este acto al contado, en dinero efectivo y que ingresan a la caja social, equivalentes al 25% del capital social; Dos) Doña MARÍA BEATRIZ SQUELLA OVALLE aporta la suma de $250.000 que paga en este acto al contado, en dinero efectivo y que ingresan a la caja social, equivalentes al 25% del capital social; Tres) Doña MARY ANNE MCNAB MARTÍN aporta la suma de $250.000 que paga en este acto al contado, en dinero efectivo y que ingresan a la caja social, equivalentes al 25% del capital social; y, Cuatro) Doña TRINIDAD LORETO ÁLVAREZ MCNAB, aporta la suma de $250.000 que paga en este acto al contado, en dinero efectivo y que ingresan a la caja social, equivalentes al 25% del capital social. Responsabilidad: limitada monto aportes. Duración: 5 años, desde esta fecha, renovable períodos iguales, según estatutos.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 28 de diciembre de 2018.