MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ROBERT HALF INTERNACIONAL EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS LIMITADA

RUT 76108845-9 CVE 1526390
Fecha instrumento
26 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de diciembre de 2018
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular, 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: mediante escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2018, ante mí; (i) don Sebastián Vivanco Silva, en representación de las sociedades RH HOLDING COMPANY, INC. y ROBERT HALF INTERNATIONAL INC., y (ii) don Diego José Ferrada Walker, en representación de RHHC LLC, todos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Andrés Bello 2457, piso 19, Providencia, Santiago, acordaron modificar los estatutos de la sociedad ROBERT HALF INTERNACIONAL EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS LIMITADA (en adelante, la "Sociedad"), inscrita a fojas 36.021, número 24.866 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, en el siguiente sentido: RH Holding Company, Inc. cede y transfiere a RHHC LLC la totalidad de sus derechos y participación a cualquier título en la Sociedad. Como consecuencia de lo anterior: (a) Robert Half International Inc. y RHHC LLC, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad; y (b) Se reemplaza y sustituye íntegramente el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de setecientos trece millones setenta y nueve mil quinientos pesos, que los socios aportan y enteran en arcas sociales de la siguiente forma: (a) RHHC LLC aporta la suma de veinte mil pesos, íntegramente pagados y enterados en dinero efectivo en arcas de la sociedad; y (b) Robert Half International Inc. aporta la suma de setecientos trece millones cincuenta y nueve mil quinientos pesos, íntegramente pagados y enterados en dinero efectivo en arcas de la sociedad.". La responsabilidad de los socios se limita exclusivamente al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 2 de enero de 2019.- Iván Torrealba Acevedo, Notario Titular.-