R. GATICA U. – J. JIMENEZ O. INGENIEROS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2018
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $910.857 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales, oficinas o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- 3 años, contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará en forma tácita, sucesiva y automática por períodos de 1 año, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación no inferior a 2 meses al vencimiento del período que se encontrare corriendo
Objeto social
a) La inversión por cuenta propia o de terceros en toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, títulos de crédito, efectos de comercio, acciones, bonos o debentures, letras hipotecarias, títulos de deuda pública y en cualquier otra clase de valores, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; y b) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la Sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, pudiendo servir o actuar como socia gestora de sociedades en comandita de cualquier clase o de socia gestora o partícipe en asociaciones o cuentas en participación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 18 de diciembre de 2018, ante mí, RAFAEL ANTONIO GATICA URETA y JOSÉ MIGUEL JIMÉNEZ OLMO, todos domiciliados Las Hortensias 2.724, Providencia, R.M., acordaron dividir “R. GATICA U. – J. JIMENEZ O. INGENIEROS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, inscrita fs. 21.272 Nº 10.630 del Reg. Com. CBR Santiago, año 1990. Sociedad dividida conserva su razón social y objeto, creándose nueva sociedad que se denominará “INMOBILIARIA GJ LIMITADA”. Como consecuencia división disminuye capital de “R. GATICA U. – J. JIMENEZ O. INGENIEROS Y COMPAÑÍA LIMITADA” de $1.000.000.- a $910.857.-, sustituyéndose texto del Artículo Cuarto estatutos sociales, por: “CUARTO: El capital social es la suma $910.857.-, totalmente enterado, en dinero, por los actuales socios, como sigue: a) don Rafael Antonio Gatica Ureta, un 50% del capital social, y b) don José Miguel Jiménez Olmo, un 50% del capital social.” Otorgan estatutos sociedad que nace de división, cuyo tenor extractado es: Razón Social: “INMOBILIARIA GJ LIMITADA” Objeto La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión por cuenta propia o de terceros en toda clase de bienes raíces, muebles, corporales o incorporales, títulos de crédito, efectos de comercio, acciones, bonos o debentures, letras hipotecarias, títulos de deuda pública y en cualquier otra clase de valores, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos; y b) Administrar toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la Sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, pudiendo servir o actuar como socia gestora de sociedades en comandita de cualquier clase o de socia gestora o partícipe en asociaciones o cuentas en participación. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales, oficinas o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 3 años, contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará en forma tácita, sucesiva y automática por períodos de 1 año, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación no inferior a 2 meses al vencimiento del período que se encontrare corriendo. Capital: $89.143.- totalmente enterado, en dinero, por los actuales socios, como sigue: a) don Rafael Antonio Gatica Ureta, un 50% del capital social, y b) don José Miguel Jiménez Olmo, un 50% del capital social. Responsabilidad: limitada a aportes socios. Administración y uso razón social: Corresponderá a don Rafael Antonio Gatica Ureta y don José Miguel Jiménez Olmo, quienes conjunta o separadamente, de manera indistinta, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que, directa o indirectamente, sirvan para la realización del objeto social. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 28 de diciembre de 2018.