INVERSIONES Y RENTA ROCAMAR LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 23 de noviembre de 2018
- Notario
- Juan Carlos Álvarez Domínguez
- Oficio
- Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri
- Comuna
- Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Carlos Álvarez Domínguez, Notario Público Suplente de la Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con oficio en calle Huérfanos 1160, oficina 101 y 102, comuna de Santiagocertifica: por escritura pública de fecha 23-11-2018 ante el Titular don Hernán Cuadra Gazmuri, don FERNANDO ALEJANDRINO PADRUNO CORDERO, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O`Higgins N.º 1.533, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña MARÍA RUIDÍAZ FELIU, domiciliada en Avenida Bernardo O`Higgins N.º 1.533, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña LUISA FERNANDA PADRUNO RUIDÍAZ, domiciliada en La Castellana N.º 170, depto. 802, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña MARÍA DEL PILAR PADRUNO RUIDÍAZ, domiciliada en La Castellana N.º 170, depto. 802, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don FERNANDO PADRUNO RUIDÍAZ, domiciliado en 28 Rue des Pins, 31.620, Villeneuve Les Bouloc, Francia, y de paso en ésta; modificaron la sociedad “INVERSIONES Y RENTA ROCAMAR LTDA.”, constituida con fecha 26 de diciembre de 1996, ante don PEDRO A. FRIAS CAMPOS, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Sexta Notaría de Santiago de doña GLADYS PIZARRO PIZARRO; inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 763, N.º 610, de 1997, y publicada en el Diario Oficial bajo la Edición N.º 35.662, del día 10 de enero de 1997. La sociedad fue modificada el 9 de noviembre de 1999, ante doña GLADYS PIZARRO PIZARRO, abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Santiago; fue inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces a fojas 440, N.º 376, del año 2000; y publicada en el Diario Oficial bajo la Edición N.º 36.557, del día 08 de enero del 2000. Mediante el presente acto los comparecientes modifican nuevamente la sociedad en los siguientes términos: PRIMERO: doña MARÍA RUIDÍAZ FELIU realiza las siguientes cesiones de derechos: a) vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales, a don FERNANDO PADRUNO RUIDÍAZ, quien declara comprar, aceptar y adquirirlos para sí. El precio de la cesión es la suma de $6.981.176, cantidad que el cesionario paga en este acto en dinero efectivo; b) vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales, a doña LUISA FERNANDA PADRUNO RUIDÍAZ, quien declara comprar, aceptar y adquirirlos para sí. El precio de la cesión es la suma de $6.981.176, cantidad que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo; y c) vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales a doña MARÍA DEL PILAR PADRUNO RUIDÍAZ, quien declara comprar, aceptar y adquirirlos para sí. El precio de la cesión es la suma de $6.981.176, cantidad que la cesionaria paga en este acto en dinero efectivo. SEGUNDO: En virtud de las cesiones que da cuenta la cláusula anterior, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad don FERNANDO ALEJANDRINO PADRUNO CORDERO quien detenta el 37,5% de los derechos sociales; doña MARÍA RUIDÍAZ FELIU quien detenta el 59,5% de los derechos sociales; don FERNANDO PADRUNO RUIDÍAZ quien detenta el 1% de los derechos sociales; doña LUISA FERNANDA PADRUNO RUIDÍAZ quien detenta el 1% de los derechos sociales, y doña MARÍA DEL PILAR PADRUNO RUIDÍAZ quien detenta el 1% restante. TERCERO: Los socios declaran y ratifican que la Administración y Uso de la Razón Social seguirá correspondiendo a don FERNANDO ALEJANDRINO PADRUNO CORDERO y a doña MARÍA RUIDÍAZ FELIU. CUARTO: En todo lo no modificado por el presente instrumento subsisten íntegramente las estipulaciones del Estatuto Social primitivo. Santiago a 28 de Diciembre de 2018. J.C. Álvarez D.