CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EL INCA LIMITADA

CVE 1526682
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de enero de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2019
Repertorio
26/2019

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Duración
Será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento

Objeto social

Será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social; y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a ambos socios individual e indistintamente don CRISTIAN OSVALDO MIDDLETON DURAN y)o don CARLOS FELIPE CARVALLO BARASORDA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA OLGA ROJAS TREJO, Notario Curicó, Estado Nº 282, Suplente del Titular don Eduardo del Campo Vial, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de Enero de 2019, otorgada ante mí, don CRISTIAN OSVALDO MIDDLETON DURAN, domiciliado en Huerto El Espino sin número, comuna de Romeral, provincia de Curicó y don CARLOS FELIPE CARVALLO BARASORDA, domiciliado en Loteo Campomar 4, calle Doña Francisca número 239, comuna de Quintero, provincia de Valparaíso; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: NOMBRE: CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EL INCA LIMITADA. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de INMOBILIARIA EL INCA LIMITADA. En todo caso, la palabra “Limitada” podrá abreviarse por “Ltda.”, pudiendo utilizarse cualquiera de ellas indistintamente.- OBJETO: Será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; el loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- CAPITAL: Es la suma de $2.000.000.- dos millones de pesos-, que se aporta en la siguiente forma: 1) Don CRISTIAN OSVALDO MIDDLETON DURAN, aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.000.000.- un millón de pesos-, aporte equivalente al 50% por ciento del capital social, y del que la sociedad se da por recibida a su total satisfacción; 2) Don CARLOS FELIPE CARVALLO BARASORDA aporta en este acto y en dinero efectivo la suma de $1.000.000.- un millón de pesos-, aporte equivalente al 50% por ciento del capital social, y del que la sociedad se da por recibida a su total satisfacción.- DURACION: Será de 10 años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- ADMINISTRACION: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá a ambos socios individual e indistintamente don CRISTIAN OSVALDO MIDDLETON DURAN y/o don CARLOS FELIPE CARVALLO BARASORDA.- Demás estipulaciones en escritura pública extractada Repertorio Nº26/2019.- Curicó, 08 de Enero de 2019.