COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2018
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES
Sociedad
- Capital
- $15.618.578 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Constitución, pudiendo establecer sucursales en cualquier punto del país
Objeto social
- En consecuencia, las asignaciones no quedan afectas a Impuesto al Valor Agregado ni a impuesto de transferencia. El valor de cada uno de estos bienes es el valor libro resultante del Balance e Inventario de la primitiva sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" practicado al 30 de noviembre del año 2018.- Estructura del nuevo capital de la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA": Los socios acuerdan modificar el capital social estatutario de "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA", y como consecuencia de estas asignaciones y dado que las partes acuerdan rebajar del capital tributario de la sociedad en la suma de $692.570.555, que constituye el capital de la nueva sociedad, el patrimonio de la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" queda disminuido y formado de la siguiente manera: a) Capital inicial, la suma de $2.500.000; b) Revalorización de capital propio, la suma de $26.564.677; c) Utilidades acumuladas, la suma de $10.675.900 y d) aportes por capitalizar $193.001.943.- e)Resultado del ejercicio (pérdida) menos -$1.885.669.- Queda entonces la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" con un patrimonio ascendente a la suma de $230.856.851.- que se encuentra totalmente pagado por los socios en la misma proporción de sus derechos indicados en la cláusula primera precedente, de manera que no se altera la distribución del
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes actuaran conjunta o separadamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, Caupolicán N° 355, Los Angeles, Certifico: Por escritura Pública, Rep. 5849-2018, de fecha 26 de Diciembre de 2018, otorgada ante el suplente don Cesar Humberto Espinoza Gutiérrez: doña GLORIA XIMENA ESTEFANIA MUÑOZ ARAYA, chilena, viuda, empresaria; y don DARÍO GUSTAVO VALDES MUÑOZ, chileno, casado, empresario, ambos con domicilio en calle Balmaceda N° 235, comuna de Constitución; los comparecientes acordaron dividir la sociedad: Antecedentes societarios: uno.- Por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2001 otorgada ante notario público suplente don Romilio Gutierrez Matta de su titular Alvaro Gonzalo Mera Correa de la ciudad Constitución, se constituyó la sociedad denominada cuya razón social es “COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA” y su nombre de fantasía es “CITEL LTDA” se le asignó el Rol Único Tributario número 77.661.140-9. Con un capital de $10.000.000.- Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 93 vuelta, número 81 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Constitución del año 2001 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 21 de septiembre de 2001. Dos.- Posteriormente dicha sociedad fue modificada mediante escritura pública de fecha 9 de abril de 2014 otorgada ante notario público titular de la ciudad Constitución, Álvaro Gonzalo Mera Correa, se modificó la sociedad quedando como únicos socios doña GLORIA XIMENA ESTEFANIA MUÑOZ ARAYA y don DARÍO GUSTAVO VALDES MUÑOZ, Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 41 N° 39 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Constitución del año 2014 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 12 de abril de 2014. Los actuales y únicos socios de esta sociedad son: doña GLORIA XIMENA ESTEFANIA MUÑOZ ARAYA, con una participación de un setenta y cuatro coma cinco por ciento en el haber social y don DARÍO GUSTAVO VALDES MUÑOZ con una participación de un veinticinco coma cinco por ciento en el haber social. La presente Modificación consiste: DIVISIÓN DE SOCIEDAD.- Por el presente instrumento, los socios comparecientes, han acordado dividir, a contar de la fecha de la escritura la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA", y por lo mismo su Capital propio tributario, en dos sociedades, vale decir, en una sociedad que es continuadora legal de la primitiva "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA", y que mantiene su nombre y calidad de tal y en una nueva sociedad, que será igualmente una sociedad de responsabilidad limitada. La primitiva sociedad que subsiste, se regirá por los estatutos ya mencionados en la cláusula primera, esto es en la escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2001 otorgada ante notario público suplente don Romilio Gutierrez Matta de su titular Alvaro Gonzalo Mera Correa de la ciudad Constitución y su modificación señalada otorgada mediante escritura pública de fecha 9 de abril de 2014 otorgada ante notario público titular de la ciudad Constitución, Álvaro Gonzalo Mera Correa, en tanto que la nueva sociedad se regirá por los estatutos que se fijan en las cláusulas de la escritura extractada.- Los socios acordaron tomar como base para la división, el balance de la sociedad primitiva al día 30 de noviembre del año 2018. De acuerdo a este balance el capital propio tributario actual de la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA", asciende a $923.427.406, desglosado de la siguiente forma: a) Capital inicial, la suma de $10.000.000; b) Revalorización de capital propio, la suma de $106.258.709; c) Utilidades acumuladas, la suma de $42.703.599; d)Cuenta Obligada que representan aportes por capitalizar de $772.007.773 y e)Resultado negativo del Ejercicio (Pérdida) $7.542.675.- Acordaron los socios dividir el Capital propio tributario de la primitiva sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA", asignando a la nueva sociedad que se organiza, el capital y los activos que se indicarán, quedando todos los demás activos y los pasivos de dominio, o en su caso, de cargo de la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA".- En especial, cada una de las sociedades responderá solidariamente en la forma y casos que señala el artículo 69 del Código Tributario, de los impuestos que adeuda o pueda adeudar la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA".- los socios comparecientes acordaron asignar a la nueva sociedad, cuya denominación o razón social será “INMOBILIARIA E INVERSIONES CITEL LIMITADA” un Capital propio tributario, de $692.570.555, el que queda de dominio de la nueva sociedad, cuyos socios también son los actuales socios de la primitiva sociedad, y en la misma proporción de sus derechos en ésta, capital que queda totalmente suscrito y pagado por los socios.- Se deja constancia que al 30 de noviembre del año 2018 en “COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA”, existía un saldo positivo En el Registro de Rentas Empresariales con rentas que han cumplido su tributación afectadas con el impuesto sustitutivo al FUT, ascendente a $10.871.542, por lo cual se le asigna a la nueva sociedad por concepto de Rentas empresariales con tributación cumplida afectadas con el impuesto sustitutivo al FUT la suma de $8.153.657, resultante de prorratear dicho Registro empresarial existente, quedando a su vez la primitiva sociedad con un FUT ascendente a $2.717.886.- El patrimonio asignado se compone así: Se le asignan activos constituidos por bienes los siguientes bienes: A) muebles, que se individualizan en la cláusula Séptima de la escritura extractada y que, según la contabilidad, tienen un valor de libro de $15.618.578.- Estos bienes se asignan ad-corpus, en el estado en que ellos se encuentran, que es conocido de los socios integrantes de la nueva sociedad. B) BIEN INMUEBLE denominado LOTE A resultante de la fusión de las propiedades ubicadas en las calle Bulnes número cuatrocientos veintidós y cuatrocientos veintiocho de ciudad de Constitución, que según plano de fusión que se deja agregado al final del Registro de Propiedad del año dos mil doce bajo el número trescientos tres, tiene una superficie total aproximada de novecientos dos coma noventa y dos metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: NORTE, En once coma cuarenta metros con Sergio Meza Segura, Rol cuarenta y uno guión veinticuatro y en dieciséis coma ochenta y seis metros con Guillermo Godoy y doña Natalia Arenas; al SUR, en veintiocho coma setenta y siete metros con calle Bulnes; al PONIENTE, diecisiete coma ochenta metros con Gonzalo Mendoza, Rol cuarenta y uno guión seis con Sergio Meza Segura y veintiuno coma treinta y ocho metros con Sergio Meza Segura, Rol cuarenta y uno guión veinticuatro, Rol cuarenta y uno guión veinticinco; al ORIENTE, en treinta y nueve coma treinta metros con otros propietarios.- El título de dominio rola inscrito a fojas 914 número 1136 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Constitución correspondiente al año 2012. La propiedad figura en el rol de avalúo fusionado, bajo el número 41 guión 7 de la comuna de Constitución. No habrá Modificaciones al Estatuto de la Sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" salvo los signado el numero siguiente.- DOS.- Como consecuencia de estas asignaciones y dado que los socios acuerdan rebajar cuentas del patrimonio, el capital social escriturado, que es de $10.000.000 de pesos baja a $2.500.000 el que queda suscrito y pagado por los socios en la misma proporción de sus derechos indicados en la cláusula primera precedente, de manera que no se altera la distribución del capital social. En lo demás, queda vigente el pacto social de la sociedad “COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA”. - Bienes asignados a la nueva sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES CITEL LIMITADA”: A) Dinero efectivo $15.618.578.- B)Inmueble singularizado en la cláusula quinta letra B) anterior escritura extractada.- El valor de asignación es la suma de $676.951.977.- Las asignaciones de los referidos bienes muebles se hacen ad corpus y libres de todo gravamen. Dada la naturaleza de la asignación, de acuerdo a la circular 124 de 1975 del Servicio de Impuestos Internos, no existe jurídicamente transferencia de los bienes asignados, toda vez que se trata sólo de división del patrimonio de la sociedad primitiva, teniendo ésta y la nueva sociedad que se crea, idénticos socios con el mismo porcentaje de participación de cada uno e idénticas actividades señaladas en las respectivas cláusulas del objeto social.- En consecuencia, las asignaciones no quedan afectas a Impuesto al Valor Agregado ni a impuesto de transferencia. El valor de cada uno de estos bienes es el valor libro resultante del Balance e Inventario de la primitiva sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" practicado al 30 de noviembre del año 2018.- Estructura del nuevo capital de la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA": Los socios acuerdan modificar el capital social estatutario de "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA", y como consecuencia de estas asignaciones y dado que las partes acuerdan rebajar del capital tributario de la sociedad en la suma de $692.570.555, que constituye el capital de la nueva sociedad, el patrimonio de la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" queda disminuido y formado de la siguiente manera: a) Capital inicial, la suma de $2.500.000; b) Revalorización de capital propio, la suma de $26.564.677; c) Utilidades acumuladas, la suma de $10.675.900 y d) aportes por capitalizar $193.001.943.- e)Resultado del ejercicio (pérdida) menos -$1.885.669.- Queda entonces la sociedad "COMERCIAL INMOBILIARIA Y TURISMO EL LITRE LIMITADA" con un patrimonio ascendente a la suma de $230.856.851.- que se encuentra totalmente pagado por los socios en la misma proporción de sus derechos indicados en la cláusula primera precedente, de manera que no se altera la distribución del capital social.- CONSTITUCIÓN DE NUEVA SOCIEDAD.- Doña GLORIA XIMENA ESTEFANIA MUÑOZ ARAYA y don DARÍO GUSTAVO VALDES MUÑOZ, Todos los comparecientes, chilenos mayores de edad y con domicilio en calle Balmaceda número 235, comuna de Constitución, han constituido una sociedad de responsabilidad limitada RAZON SOCIAL: La razón social de la sociedad será "INMOBILIARIA E INVERSIONES CITEL LIMITADA", pudiendo usar como nombre de fantasía inclusive ante Bancos "INVERSIONES CITEL LTDA.”.- OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será: A) adquirir y explotar por cuenta propia o para terceros, o actuando como comisionista, en bienes raíces o muebles, acciones, participaciones societarias, bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas de comercio, y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y valores mobiliarios en general con fines de inversión y/o renta. B) comprar, vender, explotar y administrar todo tipo de bienes inmuebles urbanos y o rurales, por cuenta propia o de terceros, cualesquiera sea su naturaleza, destino y ubicación; c) Así como cualesquiera otras actividades relacionadas con las anteriores y otra que los socios acuerden.- DOMICILIO SOCIAL: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Constitución, pudiendo establecer sucursales en cualquier punto del país.- ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes actuaran conjunta o separadamente.- CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $692.570.555, que los socios han aportado a la sociedad con la asignación de los bienes singularizados en la cláusula quinta letra A) y B) de la escritura extractada. La distribución del aporte para cada socio es el siguiente: A.- La socia Doña GLORIA XIMENA ESTEFANIA MUÑOZ ARAYA, aportó la suma de $515.965.063, equivalente al 74,5% del capital social, totalmente pagado y B.- el socio don DARÍO GUSTAVO VALDES MUÑOZ, aportó la suma de $176.605.492, equivalente al 25,5% del capital social, totalmente pagado. ANTECEDENTES INMUEBLE ASIGNADO.- B) BIEN INMUEBLE, denominado LOTE A resultante de la fusión de las propiedades ubicadas en las calle Bulnes número 422 y 428 de la ciudad de Constitución, que según plano de fusión que se dejó agregado al final del Registro de Propiedad del año 2012 bajo el número 303, tiene una superficie total aproximada de 902,92 metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: NORTE, En once coma cuarenta metros con Sergio Meza Segura, Rol cuarenta y uno guión veinticuatro y en dieciséis coma ochenta y seis metros con Guillermo Godoy y doña Natalia Arenas; al SUR, en veintiocho coma setenta y siete metros con calle Bulnes; al PONIENTE, diecisiete coma ochenta metros con Gonzalo Mendoza, Rol cuarenta y uno guión seis con Sergio Meza Segura y veintiuno coma treinta y ocho metros con Sergio Meza Segura, Rol cuarenta y uno guión veinticuatro, Rol cuarenta y uno guión veinticinco; al ORIENTE, en treinta y nueve coma treinta metros con otros propietarios.- El título de dominio rola inscrito a fojas 914 número 1136 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Constitución correspondiente al año 2012. La propiedad figura en el rol de avalúo fusionado, bajo el número 41 guión 7 de la comuna de Constitución. DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: La sociedad tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha de celebración de la presente escritura, fecha en que comienza a regir. Vencido el plazo se entenderá prorrogada automáticamente por períodos de 5 años, a menos que uno de los socios expresare su voluntad de no continuar en ella por un nuevo período. Esta manifestación de voluntad deberá hacerse por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio. Tanto esta declaración como la entrega de copia al Conservador para su anotación, deberá efectuarse con 6 meses de anticipación a lo menos al día del respectivo vencimiento de la sociedad.- LAS UTILIDADES Y EVENTUALES PÉRDIDAS se repartirán en la misma proporción que los capitales aportados, es decir, para doña GLORIA XIMENA ESTEFANIA MUÑOZ ARAYA, un 74.5% y don DARÍO GUSTAVO VALDES MUÑOZ un 25,5% en el haber social.– RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, 03 de Enero del año 2019.