Alavesa S.A.
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2018
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $77.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contados desde de fecha de escritura extractada, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada. 4
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías comercial, jurídica y financiera; el desempeño de mandatos, incluso a nombre propio; la manufactura, importación, exportación, y en general, la comercialización y explotación, en todas sus formas, por cuenta propia y ajena, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como cualquiera otras actividades, directa o indirectamente relacionadas con la tenencia, compra, venta, arriendo, administración, y otros actos jurídicos, sobre cualquier clase de bienes muebles, o inmuebles. La Sociedad, podrá llevar a cabo todos los demás negocios que sus socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, y ceder, a cualquier título, el dominio, uso y)goce de los mismos; recibir y dar préstamos, tanto en moneda nacional como extranjera, gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, podrá llevar a cabo, por sí, o por cuenta de terceros todo tipo de actos y contratos necesarios o conducentes al desarrollo de su
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a don José Manuel Álvarez Avendaño y Juan Antonio Álvarez Avendaño, para que actuando indistintamente cada uno de ellos representen a la Sociedad, con las facultades que se indican en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, certifico: por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2018, Repertorio, 6386/2018, ante mí, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de ALAVESA S.A., inscrita a fojas 17.276 número 14.272, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 14 de diciembre de 2018 con la concurrencia de los accionistas, José Manuel Álvarez Avendaño, Juan Antonio Álvarez Avendaño y Mario Ignacio Álvarez Avendaño, quienes representan el 100% de las acciones emitidas con derecho voto, domiciliados para efectos de escritura extractada en Apoquindo 3600 piso 19, comuna de Las Condes, Santiago, en la cual se acordó entre otras materias, lo siguiente: (i) Transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada. (ii) Transformación de las acciones de la Sociedad en derechos sociales y la calidad de accionistas en la de socios. (iii) Modificar la razón social. (iv) Como consecuencia de los acuerdos adoptados, aprobar nuevos estatutos de la Sociedad que a continuación se extractan: 1. Nombre: “Inversiones Alavesa Limitada”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías comercial, jurídica y financiera; el desempeño de mandatos, incluso a nombre propio; la manufactura, importación, exportación, y en general, la comercialización y explotación, en todas sus formas, por cuenta propia y ajena, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como cualquiera otras actividades, directa o indirectamente relacionadas con la tenencia, compra, venta, arriendo, administración, y otros actos jurídicos, sobre cualquier clase de bienes muebles, o inmuebles. La Sociedad, podrá llevar a cabo todos los demás negocios que sus socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, y ceder, a cualquier título, el dominio, uso y/goce de los mismos; recibir y dar préstamos, tanto en moneda nacional como extranjera, gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, podrá llevar a cabo, por sí, o por cuenta de terceros todo tipo de actos y contratos necesarios o conducentes al desarrollo de su objeto. 3. Duración: 5 años contados desde de fecha de escritura extractada, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura extractada. 4. Capital: $77.000.000, que ha sido íntegramente pagado por los socios, en la siguiente forma y proporciones: Uno) José Manuel Álvarez Avendaño, paga la suma de $34.650.000 equivalente aproximadamente al 45% de los derechos sociales, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; Dos) Juan Antonio Álvarez Avendaño paga la suma de $34.650.000 equivalentes aproximadamente al 45% de los derechos sociales, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, Tres) Mario Ignacio Álvarez Avendaño paga la suma de $7.700.000 equivalente aproximadamente al 10% de los derechos sociales, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. 5. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a don José Manuel Álvarez Avendaño y Juan Antonio Álvarez Avendaño, para que actuando indistintamente cada uno de ellos representen a la Sociedad, con las facultades que se indican en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2018.