Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2018
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad Santiago
Objeto social
a) La Inversiones de dineros o valores en bienes mueble y)o inmuebles sin ninguna limitación; b) La inversión de dineros o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas, cuentas de ahorro, en cuotas o participaciones en sociedades sin ninguna limitación; c) La administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de inversiones; d) La percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones deriven; e) La prestación por cuenta propia o ajena de servicios de asesoría en la gestión de compra o venta de pequeñas; f) La realización de servicios de ingeniería prestada por si o por terceros, en todo tipo de obras, proyectos, contratos, sin ninguna limitación y; g) cualquiera otra actividad que el o los accionistas estimen conducentes para el desarrollo de las actividades antes indicadas;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2018, ante mí, doña MARÍA JOSÉ HOLGADO RUIZ, constituyó Sociedad por Acciones. Razón Social: “INVERSIONES EL CLONQUI SpA”. Domicilio: Ciudad Santiago, sin perjuicio de las sucursales y agencias que pudieran establecerse en otros puntos del país o el extranjero.- Objeto: a) La Inversiones de dineros o valores en bienes mueble y/o inmuebles sin ninguna limitación; b) La inversión de dineros o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas, cuentas de ahorro, en cuotas o participaciones en sociedades sin ninguna limitación; c) La administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de inversiones; d) La percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones deriven; e) La prestación por cuenta propia o ajena de servicios de asesoría en la gestión de compra o venta de pequeñas; f) La realización de servicios de ingeniería prestada por si o por terceros, en todo tipo de obras, proyectos, contratos, sin ninguna limitación y; g) cualquiera otra actividad que el o los accionistas estimen conducentes para el desarrollo de las actividades antes indicadas; Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones, iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se encuentra completamente suscrito y pagado a esta fecha, por la compareciente. Los accionistas limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26 de diciembre de 2018.-