CENTRO DE CAPACITACION SIBEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de noviembre de 2018
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10ª Notaría de Santiago, Agustinas 1235, Local 2 Piso 1 y 2, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 23 de Noviembre de 2018, ante mí, Sandra Ivonne Segovia Cáceres, chilena, casada y separada de bienes, secretaria, rut 7.622.958-9, domiciliada en calle Millalongo #79, Santiago, Región Metropolitana; Luis Alejandro Lalanne Stark, chileno, casado y separado de bienes, administrador de empresas, rut 9.240.956-2, domiciliado en calle Millalongo #79, Santiago, Región Metropolitana; Valentina Ignacia Martínez Miranda, chilena, soltera, estudiante, rut 20.444.310-6, domiciliada en calle Cerro Colorado #6.028, depto. 904, Las Condes, Región Metropolitana; y Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi, chilena, soltera, profesora, rut 13.253.574-4, domiciliada en Avenida Macul #2.701, depto. 1.802 B, Ñuñoa, Región Metropolitana; sanearon la escritura pública de constitución de sociedad de responsabilidad limitada “CENTRO DE CAPACITACION SIBEL LIMITADA”, con nombre de fantasía “SIBEL CAPACITACION LTDA.”, de fecha 22/09/2014, otorgada ante notario público Pablo A. González Caamaño, con domicilio en Teatinos 333, entrepiso, Santiago, cuyo extracto fue inscrito a fojas 73.132, Nº44.544, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014 y publicado en el D.O. el 01/10/2014.- Rectificación y Saneamiento: Se rectifica y sanea el numeral “Quinto” del pacto social primitivo el que indica: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por los socios, a prorrata de sus respectivos aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. en circunstancias que debió haber sido: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por los socios, a prorrata de sus respectivos aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, es decir, en un 33,4% para la socia Sandra Ivonne Segovia Cáceres y en un 66,6% para el socio Luis Alejandro Lalanne Stark”.- Modificación de la Sociedad: Luis Alejandro Lalanne Stark vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, correspondientes al 66,6% a doña Valentina Ignacia Martínez Miranda, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $2.000.000, los que se pagan en este acto en dinero efectivo; Sandra Ivonne Segovia Cáceres vende, cede y transfiere el 28,4% de sus derechos sociales, a Valentina Ignacia Martínez Miranda, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $700.000 los que paga en este acto en dinero efectivo; Sandra Ivonne Segovia Cáceres vende, cede y transfiere el 5% restante de sus derechos sociales, a Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $300.000 los que paga en este acto en dinero efectivo.- Como consecuencia de la cesión de los derechos efectuada, los actuales y únicos socios Valentina Ignacia Martínez Miranda con un 95% de los derechos sociales; y Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi con un 5% de los derechos sociales.- Las actuales socias modificaron la administración y representación legal establecida en el numeral “Tercero” del pacto social, correspondiendo ésta unilateralmente a Valentina Ignacia Martínez Miranda.- Las actuales socias modificaron el numeral “Quinto” del pacto social, quedando éste del siguiente tenor: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por las socias, a prorrata de sus respectivos aportes. Las socias limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, es decir, en un 95% para la socia Valentina Ignacia Martínez Miranda y en un 5% para Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi.- En todo lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Diciembre de 2018.