MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE CAPACITACION SIBEL LIMITADA

RUT 76370014-3 CVE 1525128
Fecha instrumento
23 de noviembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de noviembre de 2018
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular 10ª Notaría de Santiago, Agustinas 1235, Local 2 Piso 1 y 2, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 23 de Noviembre de 2018, ante mí, Sandra Ivonne Segovia Cáceres, chilena, casada y separada de bienes, secretaria, rut 7.622.958-9, domiciliada en calle Millalongo #79, Santiago, Región Metropolitana; Luis Alejandro Lalanne Stark, chileno, casado y separado de bienes, administrador de empresas, rut 9.240.956-2, domiciliado en calle Millalongo #79, Santiago, Región Metropolitana; Valentina Ignacia Martínez Miranda, chilena, soltera, estudiante, rut 20.444.310-6, domiciliada en calle Cerro Colorado #6.028, depto. 904, Las Condes, Región Metropolitana; y Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi, chilena, soltera, profesora, rut 13.253.574-4, domiciliada en Avenida Macul #2.701, depto. 1.802 B, Ñuñoa, Región Metropolitana; sanearon la escritura pública de constitución de sociedad de responsabilidad limitada “CENTRO DE CAPACITACION SIBEL LIMITADA”, con nombre de fantasía “SIBEL CAPACITACION LTDA.”, de fecha 22/09/2014, otorgada ante notario público Pablo A. González Caamaño, con domicilio en Teatinos 333, entrepiso, Santiago, cuyo extracto fue inscrito a fojas 73.132, Nº44.544, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014 y publicado en el D.O. el 01/10/2014.- Rectificación y Saneamiento: Se rectifica y sanea el numeral “Quinto” del pacto social primitivo el que indica: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por los socios, a prorrata de sus respectivos aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. en circunstancias que debió haber sido: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por los socios, a prorrata de sus respectivos aportes. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, es decir, en un 33,4% para la socia Sandra Ivonne Segovia Cáceres y en un 66,6% para el socio Luis Alejandro Lalanne Stark”.- Modificación de la Sociedad: Luis Alejandro Lalanne Stark vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, correspondientes al 66,6% a doña Valentina Ignacia Martínez Miranda, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $2.000.000, los que se pagan en este acto en dinero efectivo; Sandra Ivonne Segovia Cáceres vende, cede y transfiere el 28,4% de sus derechos sociales, a Valentina Ignacia Martínez Miranda, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $700.000 los que paga en este acto en dinero efectivo; Sandra Ivonne Segovia Cáceres vende, cede y transfiere el 5% restante de sus derechos sociales, a Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi, quien los compra, adquiere y acepta para sí, por la suma de $300.000 los que paga en este acto en dinero efectivo.- Como consecuencia de la cesión de los derechos efectuada, los actuales y únicos socios Valentina Ignacia Martínez Miranda con un 95% de los derechos sociales; y Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi con un 5% de los derechos sociales.- Las actuales socias modificaron la administración y representación legal establecida en el numeral “Tercero” del pacto social, correspondiendo ésta unilateralmente a Valentina Ignacia Martínez Miranda.- Las actuales socias modificaron el numeral “Quinto” del pacto social, quedando éste del siguiente tenor: “QUINTO: Las utilidades y eventuales pérdidas que arroje cada ejercicio social, pertenecerán o serán soportadas por las socias, a prorrata de sus respectivos aportes. Las socias limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes, es decir, en un 95% para la socia Valentina Ignacia Martínez Miranda y en un 5% para Raquel del Pilar Cifuentes Canobbi.- En todo lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Diciembre de 2018.