MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INTEGRAL DE SALUD, REHABILITACIÓN Y TERAPIAS LIMITADA

RUT 76277017-2 CVE 1524036
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2018
Notario
NICOLAS ALEJANDRO TORO VENEGAS
Oficio
Décima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS ALEJANDRO TORO VENEGAS, abogado, NOTARIO PUBLICO, Suplente en la Décima Tercera Notaría de Santiago, del titular don Clovis Toro Campos, con oficio en calle Compañía mil trescientos doce, certifico: Que por escritura pública suscrita ante el Notario Suplente don Cristóbal Díaz Acevedo, de fecha 14 de diciembre 2018, MONICA CLAUDINA MALDONADO MOLINA, domiciliada en Padre Hurtado Sur mil doscientos cuarenta y seis, departamento doscientos cuatro A, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ANTONIO ANDRÉS OLIVA MORENO, domiciliado en Padre Hurtado mil doscientos cuarenta y seis, departamento doscientos cuatro A, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; FRANKLIN HUMBERTO URZÚA MEZA, domiciliado en Corinto Oriente cuarenta y nueve, Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y PAULINA ALEJANDRA CARO DIAZ, domiciliada en Corinto Oriente cuarenta y nueve, Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, Santiago; modifican sociedad “SOCIEDAD INTEGRAL DE SALUD, REHABILITACIÓN Y TERAPIAS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veinticuatro de abril del año dos mil trece, otorgada ante la Notario Público de la Vigésimo Tercera Notaría de Santiago, doña María Angélica Zagal Cisternas, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago del año dos mil trece a fojas treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho, número veinticinco mil ochocientos veintiuno, y publicado su extracto en el Diario Oficial del veintitrés de mayo de dos mil trece.- Modificaciones consisten: MÓNICA CLAUDINA MALDONADO MOLINA, vende, cede y transfiere el 25% derechos sociales a FRANKLIN HUMBERTO URZUA MEZA, quien los compra, acepta y adquiera para si, en la suma $250.000.- En este mismo acto ANTONIO ANDRÉS OLIVA MORENO vende, cede y transfiere el 25% derechos sociales a PAULINA ALEJANDRA CARO DIAZ, quien los compra, acepta y adquiera para sí, en la suma de $250.000; consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad queda distribuido de la siguiente forma: a doña MÓNICA CLAUDINA MALDONADO MOLINA le corresponde el veinticinco por ciento (25%) de los derechos sociales; a don ANTONIO ANDRÉS OLIVA MORENO le corresponde el veinticinco por ciento (25%) de los derechos sociales, a don FRANKLIN HUMBERTO URZUA MEZA le corresponde el veinticinco por ciento de los derechos sociales (25%), y a doña PAULINA ALEJANDRA CARO DIAZ le corresponde el veinticinco por ciento (25%) de los derechos sociales. En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúan vigentes las demás cláusulas del pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 19 DICIEMBRE 2018.-