SOCIEDAD COMERCIALIZADORA GRAN SHANGAI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2019
- Notario
- CLAUDIO RAFAEL BARRENA EYZAGUIRRE
- Domicilio
- Coquimbo Certifico
Sociedad
- Capital
- $4.080.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO RAFAEL BARRENA EYZAGUIRRE, abogado, Notario Público Coquimbo Certifico, domiciliado en calle Melgarejo N° 1030, Certifico; que por escritura pública hoy, ante mí, JIE WU, chino, comerciante, casado, cédula nacional de identidad para extranjeros 26.367.366-2; SUN LIWEI, china, comerciante, casada, cédula nacional de identidad para extranjeros 26.311.286-5; YINGYING WAN, china, comerciante, soltera, cédula nacional de identidad para extranjeros 26.534.526-3; PAN GENSHEN, chino, comerciante, soltero, pasaporte chino E13092819, y LUO JINGWEI, china, soltera, comerciante, pasaporte chino ED6364095, todos domiciliados en Aldunate 1338, Coquimbo, modificaron “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA GRAN SHANGAI LIMITADA” O “GRAN SHANGAI LTDA.” inscrita a fojas 33 número 15 del Registro de Comercio del Conservador de Los Ángeles del año 2018. Asimismo, los socios aumentan el capital social de $12.000.000.- a $24.000.000.- Para este efecto se incorporan como nuevos socios YINGYING WAN, PAN GENSHEN y LUO JINGWEI, quienes aportan en este acto, las siguientes sumas: a) YINGYING WANG, $1.920.000.-; b) PAN GENSHEN $5.040.000.-, y c) LUO JIGNWEI, $5.040.000.- en dinero en efectivo. Además, la socia SUN LIWEI, cede y transfiere a YINGYING WAN, el 68% de los derechos sociales que le corresponden a la cedente en dicha sociedad, equivalentes al 17% del total, según nuevo capital. Valor de la cesión $4.080.000.-, pagado en efectivo al momento de firmar el contrato. En virtud de dichas operaciones, la “SOCIEDAD COMERCIALIZADORA GRAN SHANGAI LIMITADA” queda compuesta exclusivamente por los siguientes socios: SUN LIWEI, con el 8% de los derechos sociales; JIE WU, con el 25% de los derechos sociales; YINGYING WAN, con el 25% de los derechos sociales; PAN GENSHEN, con el 21% de los derechos sociales, y LUO JINGWEI, con el 21% de los derechos sociales.; y Modifican cláusula CUARTO del pacto social en el siguiente sentido: “CUARTO: El Capital de la sociedad. El capital de la sociedad asciende a la suma total de $24.000.000.-, los que se aportan de la siguiente manera: Uno.- El socio don JIE WU aporta la suma de $6.000.000., que ingresa en este acto en arcas sociales en dinero en efectivo, por lo que su participación en la sociedad es del 25%. Dos.- La socia doña SUN LIWEI aporta la suma de un $1.920.000.-, que ingresa en este acto en arcas sociales en dinero en efectivo, por lo que su participación en la sociedad es del 8%. Tres.- La socia doña YINGYING WANG aporta la suma de $6.000.000.-, que ingresa en este acto en arcas sociales en dinero en efectivo, por lo que su participación en la sociedad es del 25%. Cuatro.- El socio PAN GENSHEN aporta la suma de $5.040.000.-, que ingresa en este acto en arcas sociales en dinero en efectivo, por lo que su participación en la sociedad es del 21%. Cinco.- La socia LUO JINGWEI aporta la suma de $5.040.000.-, que ingresa en este acto en arcas sociales en dinero en efectivo, por lo que su participación en la sociedad es del 21%. Los socios podrán modificar el capital social cuando lo estimen conveniente dando cumplimiento a las exigencias legales”. En lo no modificado se mantienen las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Coquimbo 3 de enero de 2019.