MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GRAFICKPRO SpA

RUT 76462088-7 CVE 1524411
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
4 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2019
Repertorio
807
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: que por escritura pública 04 Enero 2019, ante mí, don CRISTIAN JAVIER SEPULVEDA SILVA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, C.I.N° 16.322.161-6, y doña MARIELA ANDREA ARRIAGADA STUARDO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, terapeuta ocupacional, CI.N° 15.465.315-5, ambos domiciliados en calle El Copao N° 591, comuna de La Reina., Santiago, Región Metropolitana, exponen: PRIMERO: Antecedentes: El compareciente, don CRISTIAN JAVIER SEPULVEDA SILVA, constituyó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, denominada “IMPRENTA Y PUBLICIDAD CRISTIAN SEPULVEDA SILVA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, según consta de escritura pública de fecha 23 de abril del año 2015, otorgada ante don Juan Eugenio del Real Armas, Abogado y Notario Público titular de la Primera Notaría de Ñuñoa, anotada con el número de repertorio 807 del año 2015, cuyo extracto se inscribió a fojas 31.273 número 18.550 del año 2015 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial número 41.142 del día 27 de abril de 2015. SEGUNDO: la mencionada Empresa Individual fue modificada con fecha 12 de diciembre del año 2018 por escritura pública otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, y anotada con el número de repertorio 85.111, en donde el empresario individual procedió a transformar la misma en una sociedad por acciones denominada GRAFICKPRO SpA, aumentando además su capital de dos a seis millones de pesos, dividido en 600 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que se suscribieron y pagarían del siguiente modo: A) don CRISTIAN JAVIER SEPULVEDA SILVA por si, suscribió en el acto la cantidad de 300 acciones, por un valor de $3.000.000.-, que se pagaron y enterarían, del siguiente modo: Uno) Mediante el traspaso de su participación en el capital social ya pagado en la empresa individual de responsabilidad limitada antecesora de esta sociedad, por la cantidad de $2.000.000.-; y Dos) Con la suma de $1.000.000.-, que se comprometió a enterar en un plazo de 6 meses, a contar de esa fecha, mediante el pago en dinero efectivo o mediante la dación en pago o aporte de bienes de capital y B) doña MARIELA ANDREA ARRIAGADA STUARDO, por si, suscribió en ese acto, la cantidad de 300 acciones, por un valor de $3.000.000.-, que se enterarían y pagarían del siguiente modo: uno) Con la cantidad de $3.000.000.-, que se comprometió a enterar en un plazo de 6 meses, a contar de esa fecha, mediante el pago en dinero efectivo o mediante la dación en pago o aporte de bienes de capital. Un extracto de dicha trasformación y aumento de capital se inscribió a fojas 95.367 número 48.981 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018 y publicada en el Diario Oficial edición 42.229 de fecha 14 de diciembre del año 2018. TERCERO: RESCILIACIÓN. Por el presente instrumento, don CRISTIÁN JAVIER SEPULVEDA SILVA, y doña MARIELA ANDREA ARRIAGADA STUARDO, ya individualizados, han convenido libre y espontáneamente en resciliar de forma total, de acuerdo a lo establecido en el artículo mil quinientos sesenta y siete del Código Civil, la modificación de sociedad de fecha 12 de diciembre del año 2018 que transformó la empresa individual de responsabilidad limitada, individualizada en la cláusula primera anterior en una sociedad por acciones y aumentó su capital, según el detalle enunciado en la cláusula segunda precedente. Por lo tanto, don CRISTIÁN JAVIER SEPULVEDA SILVA, y doña MARIELA ANDREA ARRIAGADA STUARDO declaran haber cesado todas y cada una de las obligaciones que emanaban de la transformación de sociedad y aumento de capital de fecha 12 de diciembre de 2018 ya individualizado, como del mismo modo declaran que quedan sin efecto todas y cualquiera otra obligación que pudiere haber emanado hacia el futuro en virtud del instrumento que por esta cláusula se rescilian. CUARTO: En consecuencia y conforme a la resciliación precedentemente indicada y de acuerdo a sus estatutos, “IMPRENTA Y PUBLICIDAD CRISTIAN SEPULVEDA SILVA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, tiene como único socio a don CRISTIÁN JAVIER SEPULVEDA SILVA, con un 100% de los derechos sociales, equivalentes a la cantidad de $2.000.000 de pesos. QUINTO: Las partes se otorgan el más amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan con motivo de la presente resciliación, y renuncian asimismo a todas las acciones de cualquier naturaleza que les correspondan o puedan corresponderles respecto de la transformación de sociedad y aumento de capital individualizada en las cláusula segunda anterior. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Enero de 2019.