MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DARICAM LIMITADA

RUT 77355920-1 CVE 1524412
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2018
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
Séptima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público, Titular Séptima Notaría Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, Comuna Santiago, certifico: Por escritura otorgada ante mi con fecha 20 Diciembre 2018, don JUAN CARLOS LLANOS GUTIERREZ, doña VOLGA ROSARIO LLANOS QUINTELA, y don DANIEL ALEJANDRO LLANOS LLANOS, todos con domicilio en calle O´Higgins N° 042, Quilicura, Santiago; Modifican sociedad “DARICAM LIMITADA”, constituida escritura pública de fecha 17 Noviembre del año 1999, otorgada ante el Notario de Santiago don Félix Jara Cadot, bajo la razón social de “LLANOS Y LLANOS LIMITADA”, Rut. N° 77.355.920-1, con un capital inicial de $200.000, cuyo extracto se inscribió a fojas 21.918 N° 17.413 del año 1999 en el Reg. de Comercio del C. B. Raíces de Santiago y publicado Diario Oficial de fecha 30 noviembre 1999; modificada posteriormente, actual consiste: don Juan Carlos Llanos Gutiérrez y doña Volga Rosario Llanos Quintela, como únicos y actuales socios y dueños de un 50% c/u del haber social, venden, ceden y transfieren un 25% c/u del total de su haber a don Daniel Alejandro Llanos Lllanos, quien compra y adquiere para si en $2.000.000, que cesionario paga al contado y en dinero efectivo, declarando los cedentes haber recibido en partes iguales y a total y entera satisfacción.- Como consecuencia de esta cesión los porcentajes en el haber social quedan a contar de esta fecha de la siguiente manera: don Juan Carlos Llanos Gutiérrez y doña Volga Rosario Llanos Quintela con un veinticinco por ciento cada uno del haber social y don Daniel Alejandro Llanos Llanos con un 50% del haber social, manteniéndose el primitivo capital social.- En todo lo no modificado, continua vigente el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 02 de Enero de 2019.