MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMUNICACIONES FELIX RAMÓN QUIJADA QUIJADA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

RUT 9833627-3 CVE 1524413
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2018
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2018
Repertorio
3198-2018
Notario
FRANCISCO NEHME CARPANETTI
Domicilio
Copiapó

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Copiapó
Duración
5 años, a contar de fecha escritura, dicho plazo se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno

Objeto social

- La sociedad tendrá por

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42123 del 3 de agosto de 2018

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público Copiapó, oficio O’Higgins 744, certifica: Por escritura Pública de fecha 21 de diciembre de 2018, ante mí, Repertorio Nº 3.198-2018, don FELIX RAMÓN QUIJADA QUIJADA, chileno, soltero, factor de comercio, Run N° 9.833.627-3, San Andrés 2179, Villa San Andrés, Copiapó; y ANDREA DEL CARMEN GALLARDO SILVA, chilena, soltera, Ingeniero Civil Industrial, CI N° 17.193.803-1, Leónidas Pérez 3280, casa 3, Condominio Los Álamos, Copiapó, modifican COMUNICACIONES FELIX RAMÓN QUIJADA QUIJADA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, o “COMUNICACIONES SAN LORENZO E.I.R.L.”, RUT N° 76.114.664-5, constituida con fecha 26 de julio del año 2018, ante Notario Público de Copiapó, don Francisco Nehme Carpanetti, inscrita a fojas 250 N° 170, en el Registro de Comercio del conservador de Bienes de Bienes Raíces y comercio de Copiapó, año 2018 y cuyo extracto se publicó Diario Oficial N° 42.123 de 3 de agosto de 2018.- Cesión de Derechos.- RAMÓN QUIJADA QUIJADA vende, cede y transfiere a doña ANDREA DEL CARMEN GALLARDO SILVA, quien acepta, compra y adquiere para sí, el 15% de sus derechos en “COMUNICACIONES SAN LOREZO E.I.R.L.”. El precio de venta, cesión y transferencia de derechos $3.000.000.-, pagados mediante dinero efectivo que don FELIX RAMON QUIJADA QUIJADA, declara haber recibido a su entera y total satisfacción, sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo de pago. En consecuencia, doña ANDREA DEL CARMEN GALLARDO SILVA, pasa a tener el 15% de todos los derechos sociales. Transformación: FELIX RAMON QUIJADA QUIJADA y ANDREA DEL CARMEN GALLARDO SILVA, transforman la EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA COMUNICACIONES FELIX RAMON QUIJADA QUIJADA a una Sociedad por acciones. Razón Social.- COMUNICACIONES SAN LORENZO SpA" o “SAN LORENZO SpA.- Objeto.- La sociedad tendrá por objeto: comunicaciones y servicios relacionados con las comunicaciones; y cualquier acto, operaciones, contratos o convenciones que los socios acuerden llevar a efecto en el futuro, acordes con el objeto de la sociedad, sin que la enumeración antes descrita, sea taxativa o limitativa en modo alguno.- Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Copiapó, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: 5 años, a contar de fecha escritura, dicho plazo se renovará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno. CAPITAL: $20.000.000.- dividido en 1000 acciones de igual valor, y sin valor nominal, que se suscriben de forma siguiente: FELIX RAMON QUIJADA QUIJADA en este acto, en la suma de $17.000.000.- suma de dinero que se suscribe y paga en su totalidad; ANDREA DEL CARMEN GALLARDO SILVA en este acto, en la suma de $3.000.000.-, suma de dinero que se suscribe y paga en su totalidad; en este acto, en su totalidad enteradas en la caja social.- REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZON SOCIAL: La sociedad será administrada por un Gerente General, quien pueden ser o no accionista. Los únicos socios de la sociedad, reunidos en este acto y para éste fin, designan como Gerente General de la sociedad a doña ANDREA DEL CARMEN GALLARDO SILVA, quien durará en sus funciones hasta que la Junta General Ordinaria de Accionistas, renueve el cargo y gozará de todas y cada una de las facultades mencionadas en el artículo décimo cuarto de estatutos escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, a 03 de enero de 2019.-