MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

A8 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

RUT 76000004-3 CVE 1524368
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2018
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43º Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico: por escritura pública de fecha 3 de diciembre del año 2018, ante mí: Agustín Eduardo Lama Legrand, doña Michelle Caroline Beaujunot Coderch, don ANDRÉS DÍAZ CEREZO y don JUAN CRISTIAN IGNACIO DÍAZ AROS, todos los comparecientes domiciliados en calle Badajoz número cien oficina quinientos veinte, Comuna de Las Condes, Santiago, modifican la sociedad A8 ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA RUT 76.000.004-3 de la siguiente forma: 1)Michelle Caroline Beaujunot Coderch vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendente 90% a don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros, quien compra, adquiere y acepta para sí.- Precio cesión $9.000.000.- que se paga en el acto, al contado y en efectivo.- Agustín Eduardo Lama Legrand vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendente 10% de la siguiente forma a don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros y a don Maximiliano Andrés Díaz Cerezo quienes compran, adquieren y aceptan para sí.- Precio cesión $1.000.000.- que se paga de la siguiente forma: don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros $900.000.- y don Maximiliano Andrés Díaz Cerezo $100.000.- que pagan en el acto, al contado y en efectivo. 2) Se reemplaza la cláusula quinta del estatuto social: Juan Cristian Ignacio Díaz Aros aporta $9.900.000.- pagado anteriormente, y don Maximiliano Andrés Díaz Cerezo aporta $100.000.- pagado anteriormente. 3) Se reemplaza cláusula cuarta del estatuto social: la administración y representación de la sociedad y uso de la razón socialcorresponderá únicamente a don Juan Cristian Ignacio Díaz Aros, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad, con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos, y especialmente, en la enumeración meramente ejemplar señalada en la cláusula cuarta del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 4 de enero de 2019.