MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES VALLE LIMARÍ LIMITADA

RUT 76415512-2 CVE 1523786
Capital
$41.240.606 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2018
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2018
Notario
OSCAR FERNÁNDEZ MORA
Oficio
Segunda Notaria de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$41.240.606 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSCAR FERNÁNDEZ MORA, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de La Serena, con oficio en calle Cordovez N° 588, local 108, comuna de La Serena, CERTIFICO: que por escritura pública de hoy ante mí: JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA, KARINA ANDREA MUSALEM CALLEGARI, ATTILIO PATRICIO MUSALEM CALLEGARI, y PATRICIO ANDRÉS MUSALEM GONZÁLEZ, todos domiciliados para estos efectos en Avenida de Francisco de Aguirre Nº 70, comuna y ciudad de La Serena, Región de Coquimbo, rectificaron sociedad INVERSIONES VALLE LIMARÍ LIMITADA, inscrita a fojas 1.086 número 513, del Registro de Comercio del CBR de La Serena, año 2014, en el siguiente sentido: Debido a errores de transcripción, se cometió un vicio no formal en la cláusula del capital de la escritura de constitución, y en su correspondiente publicación, el cual se rectifica en este acto, debiendo decir lo siguiente: “ARTICULO SEXTO: CAPITAL. El capital social es la suma de $41.240.606, que los socios aportan en la siguiente proporción: a) don JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA, aporta un 92,72% del capital social, aproximadamente, que será pagado mediante el aporte, cesión y transferencia en dominio del 50% de los derechos sociales que posee en la sociedad denominada AUTOMOTRIZ PEDREGAL LIMITADA, que los socios de común acuerdo han avaluado en $38.240.606. Asimismo, modificaron la sociedad INVERSIONES VALLE LIMARÍ LIMITADA en el siguiente sentido: 1) Con el consentimiento de los socios, JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA, vendió, cedió y transfirió el 27,58% aproximadamente de los derechos sociales a KARINA ANDREA MUSALEM CALLEGARI, en la suma de $12.000.000, a pagar según condiciones de escritura extractada; 2) Con el consentimiento de los socios, JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA, vendió, cedió y transfirió el 27,58% aproximadamente de los derechos sociales a ATTILIO PATRICIO MUSALEM, en la suma de $12.000.000, a pagar según condiciones de escritura extractada; 3) Con el consentimiento de los socios, JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA, vendió, cedió y transfirió el 27,58% aproximadamente de los derechos sociales a PATRICIO ANDRÉS MUSALEM GONZÁLEZ, en la suma de $12.000.000, a pagar según condiciones de escritura extractada; 4) Como consecuencia de la cesión de derechos, JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA reduce su participación al 10% de los derechos sociales; 5) Consecuencia de las cesiónes, se modifica el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo al capital, por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de $41.240.606, pagados según siguiente proporción: a) JORGE PATRICIO MUSALEM TAPIA. aporta $4.124.060, equivalentes al 10% de los derechos sociales; b) KARINA ANDREA MUSALEM CALLEGARI aporta $12.372.182, equivalentes al 30% de los derechos sociales; c) ATTILIO PATRICIO MUSALEM CALLEGARI aporta $12.372.182, equivalentes al 30% de los derechos sociales y PATRICIO ANDRÉS MUSALEM GONZÁLEZ aporta $12.372.182, equivalentes al 30% de los derechos sociales; 6) Otras menciones no son objeto de extracto. // En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. - La Serena, 13 de Noviembre de 2018.-