INGENIERIA SERVITEC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2018
- Notario
- ANA MARÍA DELGADILLO MORALES
- Domicilio
- Titular de la comuna de Peñaflor doña Francisca Soledad Álvarez Hurtado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANA MARÍA DELGADILLO MORALES, Notario Público Suplente de la Titular de la comuna de Peñaflor doña Francisca Soledad Álvarez Hurtado, con Oficio en calle Arturo Prat N° 75, comuna de Peñaflor, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de Diciembre de 2018, ante doña Francisca Soledad Álvarez Hurtado, WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, chileno, casado, Ingeniero en Refrigeración, domiciliado en calle San Sebastián N° 2812, oficina 78, Las Condes, Santiago; ALEJANDRO ANDRÉS OSORIO ARÁNGUIZ, chileno, soltero, estudiante, domiciliado en calle San Sebastián N° 2812, oficina 78, Las Condes, Santiago, y JAVIERA CATALINA OSORIO ROJAS, chilena, soltera, estudiante, domiciliada en calle Mujica N°55, departamento N° 2508, Ñuñoa, Santiago, modifican INGENIERIA SERVITEC LIMITADA, inscrita a fojas 64.499 , N° 47.395 del Registro de Comercio de Santiago del año 2011, modificada por escritura pública de fecha 31 de Diciembre de 2014, inscrita a fojas 13.118, N° 8.155 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, siguiente sentido: CESIÓN DE DERECHOS: a) ALEJANDRO ANDRÉS OSORIO ARÁNGUIZ, propietario del 35% derechos sociales, en este acto vende, cede y transfiere 5% derechos sociales a WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, en $100.000, pagados en dinero efectivo y al contado en el presente acto. b) ALEJANDRO ANDRÉS OSORIO ARÁNGUIZ, en este acto vende, cede y transfiere 15% derechos sociales a JAVIERA CATALINA OSORIO ROJAS, en $300.000 pagados en dinero efectivo y al contado en el presente acto. De este modo, a) ALEJANDRO ANDRÉS OSORIO ARÁNGUIZ queda con el 15% del total de los derechos sociales; b) WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, queda con el 70% del total de los derechos sociales; y c) JAVIERA CATALINA OSORIO ROJAS queda con el 15% del total de los derechos sociales. Socios limitan responsabilidad hasta el monto social aportado. En lo no modificado continuarán rigiendo íntegramente los estatutos sociales contenidos en la escritura de constitución social. Peñaflor, 02 de Enero de 2019.