Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 16635-2018
- Notario
- RAMON GARCIA CARRASCO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Concepción, Región del Biobío
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la producción, elaboración, manufacturación, compra, venta, comercialización, exportación e importación de todo tipo de alimentos de origen marino sean cárnicos o vegetales, como todo tipo de pescados, mariscos, algas, y otros productos del mar en sus distintos estados, ya sean vivos o muertos, crudos o cocidos, frescos o congelados, b) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean Colectivas, Anónimas o de Responsabilidad Limitada; relacionadas con el punto a), c) La explotación de toda actividad comercial o industrial, la importación, exportación, inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero, de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, fungibles o no fungibles, consumibles o no consumibles su administración y la percepción de sus frutos, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, valores mobiliarios, créditos, bonos, cuotas de fondos mutuos y otros fondos, instrumentos derivados, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor o bien mueble o inmueble, y el desarrollo y explotación comercial y gestión de rentas asociadas a las actividades descritas, d) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean Colectivas, Anónimas o de Responsabilidad Limitada, e) La prestación de asesorías, comerciales, de representación e intermediación, y servicios administrativos, para proyectos nuevos o empresas en marcha, propias o de terceros, y f) Otras actividades que acuerden los socios, relacionadas con las señaladas precedentemente
Administración
La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El compareciente de acuerdo al artículo primero transitorio de la escritura extractada, nombra como administrador a RODRIGO ANDRES BARRA VALLADARES, cédula nacional de identidad número doce millones treinta mil novecientos cincuenta y seis guión cero. Se establece en este acto, que por esta única vez no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. El administrador representará a la sociedad anteponiendo a su firma la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMON GARCIA CARRASCO, Notario Público de Concepción, con Oficio en calle Rengo 444 de la ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2018, otorgada ante mí, Repertorio N° 16.635-2018, compareció don Rodrigo Andrés Barra Valladares, ingeniero civil industrial, domiciliado en calle Lo Plaza 174, Chiguayante, y constituyó sociedad por acciones. Su Razón Social será Glomar Chile Export SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía GCE SpA para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Concepción, Región del Biobío, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida desde fecha de escritura. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la producción, elaboración, manufacturación, compra, venta, comercialización, exportación e importación de todo tipo de alimentos de origen marino sean cárnicos o vegetales, como todo tipo de pescados, mariscos, algas, y otros productos del mar en sus distintos estados, ya sean vivos o muertos, crudos o cocidos, frescos o congelados, b) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean Colectivas, Anónimas o de Responsabilidad Limitada; relacionadas con el punto a), c) La explotación de toda actividad comercial o industrial, la importación, exportación, inversión, reinversión, compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título, por cuenta propia o ajena, tanto en Chile como en el extranjero, de todo tipo de bienes raíces o muebles, corporales e incorporales, fungibles o no fungibles, consumibles o no consumibles su administración y la percepción de sus frutos, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, valores mobiliarios, créditos, bonos, cuotas de fondos mutuos y otros fondos, instrumentos derivados, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor o bien mueble o inmueble, y el desarrollo y explotación comercial y gestión de rentas asociadas a las actividades descritas, d) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean Colectivas, Anónimas o de Responsabilidad Limitada, e) La prestación de asesorías, comerciales, de representación e intermediación, y servicios administrativos, para proyectos nuevos o empresas en marcha, propias o de terceros, y f) Otras actividades que acuerden los socios, relacionadas con las señaladas precedentemente. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $10.000.000, dividido en 100 acciones iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben, pagan y pagarán en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de la escritura extractada. Cada acción dará derecho a un voto. El accionista constituyente suscribe en este acto cien acciones las que pagará de la siguiente manera (I) UN MILLON de pesos al contado en este acto en dinero efectivo por el aportante, enterándolo en caja social y (II) el saldo, es decir, NUEVE MILLONES de pesos dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha. Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El compareciente de acuerdo al artículo primero transitorio de la escritura extractada, nombra como administrador a RODRIGO ANDRES BARRA VALLADARES, cédula nacional de identidad número doce millones treinta mil novecientos cincuenta y seis guión cero. Se establece en este acto, que por esta única vez no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. El administrador representará a la sociedad anteponiendo a su firma la razón social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, enero 03 de 2019.