NICOLAS CARVAJAL TRANSPORTE, VENTA Y ARRIENDO VEHICULOS Y MAQUINARIAS DESIERTO, E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 6437-2018
- Notario
- JULIO ABASOLO ARAVENA
- Oficio
- Segunda Notaria y Conservador de Minas de Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta
- Duración
- La Sociedad comenzará regir a contar de la fecha de la presente escritura, y tendrá una vigencia de dos años, renovables automáticamente
- Ley aplicable
- ley 3.918
Objeto social
El giro y objeto de la sociedad será: UNO. a) transporte de personal y mercaderías vía terrestre; b) arriendo de vehículos y maquinarias; c) compra y venta de vehículos y maquinarias d) toda clase de negocios y operaciones, actos o contratos, vinculadas con los rubros anteriores. DOS a) La explotación de establecimientos industriales y comerciales, propios o ajenos, especialmente del rubro de lavandería, tintorería, reparación, limpieza, teñido y mantención de ropas, telas, pieza, tejidos, hilados, lienzos, géneros, paños, trapos, materiales diversos y otros elementos; b) Comerciar, distribuir, exportar, importar, comprar, vender, dar y tomar en arrendamiento, reparar, adaptar, adquirir y enajenar toda clase de bienes y derechos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores o acciones, empresa, negocios o concesiones; c) Representar firmas, empresas, marcas y personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras, sea como agente, consignatario, comisionista, representante, distribuidor o en cualquiera otra calidad; d) Realizar toda clase de inversiones, ya sea en bienes o valores de cualquier tipo. Asimismo, actuar para los fines sociales, como usuario de los sistemas de Zona Franca y)o regímenes de excepción aduanera, sean éstos que se encuentren dentro del país o en el extranjero. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras empresas, así como por medio de sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, y en general realizar cualquier otra actividad que determinen los constituyentes.- De la
Administración
- La administración, el uso de la razón social y la representación de la Sociedad le corresponderá a NICOLÁS CARVAJAL DÍAZ y BENJAMÍN IGNACIO TOBAR OSORIO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente anteponiendo a su firma la razón social, pudiendo representarla y obligarla con las más amplias facultades y sin limitación alguna. Del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público de la Segunda Notaria y Conservador de Minas de Antofagasta, con oficio en calle Washington N° 2653, Antofagasta. CERTIFICA: Qué, por escritura pública otorgada con fecha 07 de diciembre de 2018, repertorio N°6437-2018 don NICOLÁS CARVAJAL DIAZ, chileno, soltero, abogado, 34 años de edad, cédula nacional de Identidad y rol único tributario N° 15.839.890-7, con domicilio en calle Llanquihue 3650, Antofagasta y don BENJAMÍN IGNACIO TOBAR OSORIO, chileno, soltero, ingeniero comercial, 34 años de edad, cédula nacional de identidad N° 15.361.629-9, con domicilio en calle Rinconada El Salto 1000, departamento 204, comuna Huechuraba, Santiago; acordaron cesión de derechos sociales y transformación de “NICOLAS CARVAJAL TRANSPORTE, VENTA Y ARRIENDO VEHICULOS Y MAQUINARIAS DESIERTO, E.I.R.L.” y/o “TRANSPORTES DESIERTO E.I.R.L” RUT 76.857.878-8, constituida por escritura pública otorgada con fecha 02 de marzo de 2018, en este mismo oficio notarial, extracto publicado en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 2018. Modificada mediante escritura pública otorgada con fecha 24 de agosto de 2018 ante este mismo oficio notarial, extracto publicado en el Diario Oficial N° 42.147, edición 01 de septiembre de 2018 e inscrito a fojas 1.036 vuelta, N° 727 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio del año 2018. Modificaciones consisten en 1) NICOLÁS CARVAJAL DÍAZ, cede y transfiere a título gratuito el 50% de sus derechos en la empresa individual de responsabilidad limitada a BENJAMÍN IGNACIO TOBAR OSORIO, quien declara que acepta y que los adquiere para sí. 2) Se transforma la empresa “NICOLAS CARVAJAL TRANSPORTE, VENTA Y ARRIENDO VEHICULOS Y MAQUINARIAS DESIERTO, E.I.R.L.” y/o “TRANSPORTES DESIERTO E.I.R.L” en sociedad de responsabilidad limitada, conforme a lo dispuesto en la ley 3.918, sus modificaciones y demás normas pertinentes. Nombre: El nombre o razón social bajo el cual girará la Sociedad será “EMPRESAS DESIERTO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “EMPRESAS DESIERTO LTDA.” Objeto social: El giro y objeto de la sociedad será: UNO. a) transporte de personal y mercaderías vía terrestre; b) arriendo de vehículos y maquinarias; c) compra y venta de vehículos y maquinarias d) toda clase de negocios y operaciones, actos o contratos, vinculadas con los rubros anteriores. DOS a) La explotación de establecimientos industriales y comerciales, propios o ajenos, especialmente del rubro de lavandería, tintorería, reparación, limpieza, teñido y mantención de ropas, telas, pieza, tejidos, hilados, lienzos, géneros, paños, trapos, materiales diversos y otros elementos; b) Comerciar, distribuir, exportar, importar, comprar, vender, dar y tomar en arrendamiento, reparar, adaptar, adquirir y enajenar toda clase de bienes y derechos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores o acciones, empresa, negocios o concesiones; c) Representar firmas, empresas, marcas y personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras, sea como agente, consignatario, comisionista, representante, distribuidor o en cualquiera otra calidad; d) Realizar toda clase de inversiones, ya sea en bienes o valores de cualquier tipo. Asimismo, actuar para los fines sociales, como usuario de los sistemas de Zona Franca y/o regímenes de excepción aduanera, sean éstos que se encuentren dentro del país o en el extranjero. La sociedad podrá ejecutar total o parcialmente su giro en forma directa o por medio de otra u otras empresas, así como por medio de sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, y en general realizar cualquier otra actividad que determinen los constituyentes.- De la administración.- La administración, el uso de la razón social y la representación de la Sociedad le corresponderá a NICOLÁS CARVAJAL DÍAZ y BENJAMÍN IGNACIO TOBAR OSORIO, quienes podrán actuar conjunta o separadamente anteponiendo a su firma la razón social, pudiendo representarla y obligarla con las más amplias facultades y sin limitación alguna. Del capital: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000.-, aportados en partes iguales por ambos socios, ya enterados en la caja social.- Limitación de responsabilidad: Los socios limitan expresamente su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Domicilio social: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en el resto del país.- Duración: La Sociedad comenzará regir a contar de la fecha de la presente escritura, y tendrá una vigencia de dos años, renovables automáticamente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 07 de diciembre de 2018.-