INVERSIONES SC SIERRA GORDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2018
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $27.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2018, ante el titular, SUMITOMO CORPORATION (CHILE) LIMITADA y SUMITOMO CORPORATION ambos domiciliados para estos efectos en calle Orinoco Número 90, piso 20, oficina 2002, Las Condes, acordaron la modificación de INVERSIONES SC SIERRA GORDA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 39.875 N° 29.609 del año 2011, en los siguientes términos: se aumentó el capital de la sociedad en la cantidad de US$27.000.000 millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, esto es, el capital social pasó de US$413.779.000 millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica a US$440.779.000 millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. Producto de lo anterior, se modificó el Artículo Quinto del estatuto social sobre el capital e interés social, por el siguiente: “Artículo Quinto: Capital.- El capital de la Sociedad es la suma de cuatrocientos cuarenta millones setecientos setenta y nueve mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido entre los socios en las siguientes proporciones: /a/ El socio Sumitomo Corporation aporta la suma de cuatrocientos cuarenta millones seiscientos cuarenta y ocho mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, correspondientes al noventa y nueve coma nueve siete por ciento de los derechos en la Sociedad; y /b/ el socio Sumitomo Corporation (Chile) Limitada, aporta la suma de ciento treinta y un mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, correspondientes al cero coma cero tres por ciento de los derechos en la Sociedad”. En todo aquello que no se modifica se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y, en especial, en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. Se facultó al portador del extracto para su legalización. Juan Ricardo San Martín Urrejola, Santiago, 19 de diciembre de 2018.