INVERSIONES FALABELLA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Notario
- FELIPE LEIVA ILABACA
- Oficio
- Titular 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.377.031.619.494 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE LEIVA ILABACA, Notario Público Suplente del Titular 2ª Notaría Santiago, Oficio Amunategui N° 73, Santiago, certifica: Por escritur a pública 26/12/2018, ante la Notario Público Suplente doña PAOLA ANDREA MIRALLES RODRÍGUEZ, S.A.C.I. FALABELLA e INVERSIONES PARMIN SpA, ambas domiciliadas para estos efectos en Manuel Rodríguez Norte N° 730, comuna y ciudad de Santiago, modificaron “INVERSIONES FALABELLA LIMITADA”, inscrita a Fs.: 22.205 N° : 15.240 del Registro de Comercio del CBR de Santiago correspondiente año 2008, en el siguiente sentido: 1) Se aumenta capital de $1.377.031.619.494.- a $1.591.303.049.224.-, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a $214.271.429.730-. 2) Que la socia S.AC.I. Falabella, suscribió y pagó el aumento de capital, mediante la capitalización con fecha 31/10/2018 de la cuenta por cobrar que mantenía a esa fecha en contra de INVERSIONES FALABELLA LIMITADA, originada por los movimientos descritos en escritura extractada. 3) A consecuencia de lo anterior, actuales y únicas socias acuerdan remplazar Cláusula Quinta de los estatutos sociales, por la del siguiente tenor: “CLÁUSULA QUINTA: El capital de la sociedad asciende a la suma de un billón quinientos noventa y un mil trescientos tres millones cuarenta y nueve mil doscientos veinticuatro pesos, íntegramente pagado por los socios, en la siguiente proporción: a) S.A.C.I. Falabella, un billón quinientos noventa y un mil ciento cuarenta y siete millones trescientos setenta y nueve mil trescientos veinticuatro pesos, equivalentes aproximadamente a un noventa y nueve coma nueve nueve cero dos por ciento de los derechos sociales; y b) Inversiones Parmin SpA, ciento cincuenta y cinco millones seiscientos sesenta y nueve mil novecientos pesos, equivalentes aproximadamente a un cero coma cero cero nueve ocho por ciento de los derechos sociales.”. 4) Socios reiteran que responsabilidad se mantiene limitada hasta monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28/12/2018.