Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 8306-2018
- Notario
- Raúl Undurraga Laso
- Oficio
- 29° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, Notario Público Titular de la 29° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Mac Iver 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 26 de Diciembre del año 2018, repertorio N°8306-2018, ante mí: don Carlos Ignacio García Jiménez, cédula nacional de identidad número 14.283.534-3, y don Cristián Andrés Labra Riquelme, cédula nacional de identidad número 10.357.566-4 constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “GRAN CAPITAL SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de bienes, materiales e inmateriales, muebles o inmuebles, acciones, derechos, títulos, cuotas y en todo tipo de instrumentos comerciales o financieros, su administración, su explotación y la percepción de sus frutos; b) Construir por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones, construcciones y obras de cualquier naturaleza, administrarlas, explotarlas y/o enajenarlas a cualquier título; c) La planificación, gestión, desarrollo y explotación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; la realización de loteos, urbanizaciones, ya sea por cuenta propia o de terceros de toda clase de predios urbanos o rústicos de propiedad de la Sociedad o no, con fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas, enajenarlos, administrarlos y/o explotarlos, bajo la forma de arrendamientos, medierías u otros; d) La administración de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena; e) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter inmobiliario, comercial, financiero y económico; y f) La realización de actos y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan, incluyendo la participación en sociedades o comunidades de cualquier tipo o naturaleza. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 divido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, las que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de Diciembre de 2018.