Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2018
- Notario
- GONZALO SERRANO DEL SOLAR
- Oficio
- Tercera Notaría de Ovalle
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERRANO DEL SOLAR, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Ovalle, con oficio en la ciudad de Ovalle, prolongación calle Benavente Nº 1075 “Open Plaza Ovalle”, Local N° 1480, certifica: Por escritura pública de seis de Diciembre de dos mil dieciocho, ante mí, YASNA PAMELA TAPIA AGUILERA, ingeniero agrónomo, domiciliada en José Luis Araneda N° 623, Villa Los Héroes, Huamalata, comuna de Ovalle; RICARDO ANDRÉS TAPIA AGUILERA, ingeniero agrónomo, domiciliado en calle única sin número, pueblo Lagunillas, comuna de Ovalle; y don MANUEL EDUARDO MUÑOZ ZEPEDA, ingeniero civil agrícola, domiciliado en calle San Jorge N° 822, Villa San Jorge, comuna Ovalle; constituyeron sociedad por acciones “CONSULTORA HIDROVALLE SpA” o “HIDROVALLE SpA” cuyo extracto se publicó en el D.O. N° 42.227 y se encuentra en proceso de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Ovalle. Rectifican el artículo Primero Transitorio del pacto social en cuanto éste indica que Yasna Pamela Tapia Aguilera, suscribe 34 acciones y que Ricardo Andrés Tapia Aguilera y Manuel Eduardo Muñoz Zepeda suscriben 33 acciones cada uno. Que debió decir, que Yasna Pamela Tapia Aguilera, suscribe 334 acciones y que Ricardo Andrés Tapia Aguilera y Manuel Eduardo Muñoz Zepeda suscriben 333 acciones cada uno. Consecuencia, rectifican artículo 1° transitorio quedando el capital $3.000.000, dividido en 1000 acciones. A) Doña Yasna Pamela Tapia Aguilera suscribe 334 acciones, por un valor de $1.020.000.- pagaderos de la forma señalada en escritura de constitución. B) Don Ricardo Andrés Tapia Aguilera, suscribe por este instrumento 333 acciones, por un valor de $990.000.-, pagaderos de la forma señalada en escritura de constitución. C) Don Manuel Eduardo Muñoz Zepeda, suscribe por este instrumento 333 acciones, por un valor de $990.000.-, pagaderos de la forma señalada en escritura de constitución. De este modo se da por pagado el capital social de la compañía, por lo montos y de la forma que aquí se ha expresado.- Demás estipulaciones en escritura extractada. En Ovalle, a 21 de Diciembre de 2018.-