MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Naviera Aguamar Limitada

RUT 76080414-2 CVE 1522534
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2018

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2018
Notario
Claudio Alejandro Cabello Olavarría
Domicilio
Quellón

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público titular de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; Certifica: Por escritura del 14 de noviembre de 2018, otorgada ante mí, los comparecientes OLGA DEL CARMEN MIRANDA VERA, domiciliada en calle Doctor Ahues 280, comuna y ciudad de Quellón; y JOSÉ SALOMÓN ALMONACID CALBUCURA, domiciliado en Camino San José sin número km 5, Pureo, comuna de Calbuco, por sí y en representación Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, modifican sociedad “Naviera Aguamar Limitada”, Rol único Tributario número 76.080.414-2, constituida por escritura pública del 2 de octubre del año 2009, otorgada ante don Hernán Tike Carrasco, Notario Público titular de Puerto Montt, repertorio número 6.171, extracto publicado el 15 de octubre de 2009 en Diario Oficial número 39.486, e inscrita a fojas 1015 número 918 del Registro de Comercio correspondiente al año 2009 del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Puerto Montt, en los siguientes términos: Olga del Carmen Miranda Vera cede a José Salomón Almonacid Calbucura, quien compra y adquiere para sí, el 90% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 27% por ciento del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Asimismo Olga del Carmen Miranda Vera cede a Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, el 10% los derechos sociales de que es titular en la sociedad, equivalentes al 3% del capital social, en los términos y condiciones establecidos en la escritura extractada. Conformado nuevos socios, se modifica cláusula tercera de escritura de constitución de sociedad, referida al capital y los aportes, en el siguiente sentido: a) El capital social se mantiene en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000).- b) Se modifican los aportes efectuados en el sentido que don José Salomón Almonacid Calbucura, aumenta su participación al 97%, aportando en forma efectiva la suma $4.850.000.-, ya pagados y enterados en su totalidad; y Sociedad de Servicios y Transportes Marítimos Extremar Limitada, participa del 3%, aportando en forma efectiva la suma $150.000, ya pagados y enterados en su totalidad. En lo no modificado quedan planamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social original. Capital constitutivo $5.000.000.-. Demás estipulaciones escritura extractada. Quellón, 26 de diciembre de 2018.