Manuel Mario Parra Armendaris Servicios Médicos E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 11 de diciembre de 2018
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.428 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 5 años a contar fecha escritura que extracto, renovable tácita, automática y sucesivamente por iguales períodos de 2 años cada uno, forma establecida en mismo instrumento. Fallecimiento, incapacidad sobreviniente o insolvencia
Objeto social
el desarrollo de toda clase de servicios de prestaciones médicas, en especial, cirugías, consultorías y exámenes de apoyo diagnóstico; establecer o integrar centros y laboratorios médicos y desarrollar otras actividades médicas y)o relacionadas con el ejercicio de la medicina
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Huérfanos N° 835, 2º piso, certifica: por escritura pública de fecha 11 de Diciembre de 2018, ante mí, Manuel Mario Parra Armendaris; y Francisca Sylvia Parra Yagnam, ambos Avenida Manquehue Norte Nº 555, departamento 43, Las Condes, Santiago, aumentan el capital de la empresa “Manuel Mario Parra Armendaris Servicios Médicos E.I.R.L.”, inscrita a fs. 97.418 Nº 57.169 Registro Comercio Santiago, año 2015, de $1.000.000 a $1.428.571. Aumento de $428.571 es pagado en este acto, al contado y en dinero efectivo, exclusivamente por Francisca Sylvia Parra Yagman. Como consecuencia de lo anterior, la empresa es transformada en una sociedad de responsabilidad limitada. Entre Manuel Mario Parra Armendaris y Francisca Sylvia Parra Yagnam, se constituye sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “Servicios Médicos Parra Yagnam Limitada.”. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Objeto: el desarrollo de toda clase de servicios de prestaciones médicas, en especial, cirugías, consultorías y exámenes de apoyo diagnóstico; establecer o integrar centros y laboratorios médicos y desarrollar otras actividades médicas y/o relacionadas con el ejercicio de la medicina. Capital: $1.428.571 que se paga y entera, siguiente forma: a) Manuel Mario Parra Armendaris $1.000.000, equivalente al 70% del capital social; y, b) Francisca Sylvia Parra Yagnam $428.571, equivalente al 30% del capital social. Socios limitan su responsabilidad monto respectivos aportes. Administración, representación y uso razón social: corresponderá al socio Manuel Mario Parra Armendaris. Duración: 5 años a contar fecha escritura que extracto, renovable tácita, automática y sucesivamente por iguales períodos de 2 años cada uno, forma establecida en mismo instrumento. Fallecimiento, incapacidad sobreviniente o insolvencia socios: no pondrá término sociedad, la que continuará con los sucesores legales, según sea el caso, quienes deberán designar un mandatario común. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 20 de Diciembre de 2018. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.