INMOBILIARIA ISIDORA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 39993/2018
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° notaría de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, notario público, titular de la 36° notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifica: por escritura pública 26 de diciembre de 2018 ante mí, repertorio Nº 39.993/2018, Gladys Georgina López Morales modificó los estatutos de INMOBILIARIA ISIDORA SpA, inscrita a fs. 66.043; N° 33.821 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, en el sentido de complementar la cláusula segunda de los estatutos, relativa al objeto social, quedando ésta del siguiente tenor: “La sociedad tiene por objeto la construcción por cuenta propia o ajena, de todo tipo de viviendas destinadas a la habitación, al turismo y la recreación; la división y subdivisión de inmuebles y predios en general, de acuerdo con las exigencias legales, la prestación de servicios de corretaje para compra, venta, arrendamientos y administración de bienes raíces; asesorías, administración y gestión inmobiliaria y cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada actualmente o a futuro con los giros descritos, sean en forma directa o con terceros, con particulares o convenios, con personas jurídicas de derecho privado o servicios públicos dependientes de la administración centralizada o descentralizada del Estado. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a la fabricación, elaboración, comercialización por cuenta propia o ajena, importación y exportación de todo tipo de prendas de vestir, ropa, artículos manufacturados, artículos de cuero, natural o sintético, especialmente zapatos y artículos afines en general y además otras actividades comerciales e industriales y que tengan relación directa o indirecta con los giros mencionados”. El capital social es la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2018.