MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA CASTRO HERMANOS LIMITADA

RUT 78217790-7 CVE 1522502
Capital
$23.694.734 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2018
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$23.694.734 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA CASTRO HERMANOS LIMITADA socio 78217790-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41 Notaría Santiago, con oficio en Santiago, Huérfanos 1.160, subsuelo, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Don JOSÉ MIGUEL CASTRO RUBIO, don JORGE EDUARDO CASTRO RUBIO; don ENRIQUE ALFONSO CASTRO RUBIO; la sucesión de don HECTOR HUGO CASTRO RUBIO y la sucesión de doña MARIA TERESA BARRENENGOA PEREMATEU, ambas debidamente representada por sus hijos y únicos herederos, doña PAULINA TERESA CASTRO BARRENENGOA; doña MARÍA TERESA CASTRO BARRENENGOA; doña MARIA SOLEDAD CASTRO BARRENENGOA y don JOSÉ IGNACIO CASTRO BARRENENGOA, todos con domicilio para estos efectos en calle Cruz del Sur número 133, oficina 802, comuna de Las Condes, Santiago, acordaron modificar la sociedad INMOBILIARIA CASTRO HERMANOS LIMITADA, RUT 78.217.790-7, inscrita a fojas 15262 número 7657 del Registro de Comercio de Santiago del año 1992, dividiendo la sociedad en dos siendo la sociedad dando nacimiento a una nueva sociedad de responsabilidad limitada de razón social INMOBILIARIA CHARITO LIMITADA, y manteniendo la sociedad divida su razón social, objeto y personalidad jurídica, sin perjuicio de la modificar el estatuto de la sociedad dividida en el siguiente sentido: sustituyen el artículo quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de $23.694.734, que los socios han aportado y pagado en las siguientes proporciones: a) don JOSÉ MIGUEL CASTRO RUBIO, don JORGE EDUARDO CASTRO RUBIO, y don ENRIQUE ALFONSO CASTRO RUBIO, el equivalente al 25% de los derechos sociales, la sucesión de don HECTOR HUGO CASTRO RUBIO, el equivalente al 12,5% de los derechos sociales y la sucesión de doña MARIA TERESA BARRENENGOA PEREMATEU, el equivalente al 12,5% de los derechos sociales. Los aportes se encuentran totalmente pagados”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 28 de noviembre de 2018. Félix Jara Cadot N.P.